De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley de 26 de noviembre de 1992 (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a los denunciados, con los datos personales y la última dirección conocida que se señalarán a continuación, las resoluciones de los correspondientes expedientes sancionadores acordadas por el delegado provincial de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes de Ourense, por presuntas infracciones de la Ley de pesca fluvial 7/1992, de 24 de julio (DOG nº 151, del 5 de agosto).
El importe de la sanción, que en cada caso corresponda, se hará efectivo en la cuenta nº 44030/003918-8 de la Caja de Ahorros Provincial de Ourense, empleando el impreso oficial que se facilitará en cualquier unidad administrativa perteneciente a la Xunta de Galicia, en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la presente notificación, salvo la presentación del recurso pertinente; en caso contrario, se procederá a su cobro por vía ejecutiva.
Se hace constar que para obtener o renovar la licencia de pesca, será requisito imprescindible acreditar
haber abonado la multa que corresponda, una vez sea firme la resolución.
Contra esta resolución se podrá interponer recurso ordinario en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la presente publicación, ante el conselleiro de Agricultura, Ganadería y Montes de la Xunta de Galicia. En caso contrario, aquélla adquirirá firmeza a todos los efectos.
Ourense, 19 de mayo de 1997.
Jacobo Gómez-Orellana Rodríguez
Delegado provincial de Ourense
del denunciado conocido y sancionador impuestaNº Expte. Nombre y apellidos
Último domicilio
Hecho denunciado Precep. infringido
Sanción
O Carballiño, Ourense
de la Ley
de pesca fluvial Ourense
de la Ley
de pesca fluvial
Ourense
Ley de pesca fluvial
Ourense
Ley de pesca fluvial entreplanta, Ourense
de pesca fluvial Guadalajara
de la Ley
de pesca fluvial O Barco de Valdeorras
Ourense de pesca fluvial
Rairo, Ourense
de pesca fluvial
bajo, Ourense de pesca fluvial Celanova, Ourense
Ley de pesca fluvial210/95 P Eliseo Fernández Fernández Campo da Feira 13
Pescar sin licencia y en época de veda Art. 34.1º y 34.8º
65.000 ptas. 12/96 P José Cesáreo Seara Díaz c/ Inmaculada 15
Pescar sin licencia y sin permiso de coto Art. 34.1º y 34.10º
65.000 ptas. 33/96 P José Fernández Taboada Avda. Buenos Aires 124, 4ºB
No respetar las prescripciones especiales Art. 33.9º de la
15.000 ptas. 40/96 P Amadeu Carlos Rodrigues Monteiro c/ Bonhome 22-2º
No respetar las prescripciones especiales Art. 33.9º de la
16.000 ptas. 43/96 P José Luis Chaves Iglesias Avda. Zamora, 31
No respetar las prescripciones especiales Art. 33.9º de la Ley
15.000 ptas. 66/96 P Antonio Rodríguez Fernández San Roque, 26
Pescar en zona vedada y sin licencia Art. 34.6º y 34.1º
65.000 ptas. 75/96 P Virgilio Enes Borges c/ Valle Inclán 1-2º
Pescar sin licencia Art. 34.1º de la Ley
50.001 ptas. 78/96 P José Martínez Carballo Cruceiro Quebrado 6-2ºD
Pescar sin permiso de coto Art. 34.1º de la Ley
50.001 ptas. 96/96 P José Antonio Fernández Caride Avda. Buenos Aires 185
Pescar en zona vedada Art. 34.6º de la Ley
50.001 ptas. 110/96 P Pablo Gil González San Rosendo, 4-1ºA
Pescar sin permiso de coto Art. 34.10º de la
50.001 ptas.
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