Por la presente cédula, se notifica a los denunciados, cuyas señas y últimos domicilios conocidos se señalan en el anexo, las notificaciones sancinonadoras, dictadas por el jefe del Servicio Provincial de Transportes de Lugo, facultado por el Decreto 70/1993, de 10 de marzo (DOG do 26 de marzo), recaídas en los expedientes que se cinta en el anexo.
Haciéndoles saber el derecho que les asiste para interponer alegaciones, ante el Servicio Provincial de Transportes, en el plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente cédula.
Y para que conste y sirva de notificación a los denunciados de domicilios desconocidos, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre sobre régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285 de 27 de noviembre), expido, firmo y sello la presente cédula en Lugo a 30 de mayo de 1997.
Antonio Lage González
Jefe del Servicio Provincial de Transportes
ANEXO
-Matrícula
-Denunciante -Último domicilio conocido -Data-Hora-Carretera-p.k. infringido sancionador impuesto-Expediente
-Denunciado
-Hecho denunciado
-Precepto
-Precepto
-Sanción
LU-0803-M
G.C. Tráfico Coreal, 3, 27600
(Sarria) Lugo
25-2-1997; 16.50; C-546; 48 Ley 16/1987 e
artículo 158 del
Real decreto
1211/1990. 201 R.D.
1211/1990. ptas.
VI-6051-N
G.C. Tráfico Cuchillería, 60 11
(Vitoria-Gasteiz) Alava
8-4-1997; 17.10; N-VI; 490 Ley 16/1987 y
artículo 158 del
Real decreto
1211/1990. 201 R.D.
1211/1990. ptas.
LU-00418-O-97
Const. López Vilaro, S.L.
Circular realizando transporte, careciendo de la tarjeta de transportes de servicio privado, vehículo ligero.
Art. 103 da
143 Ley 16/1987,
25.000
LU-00780-O-97
Adela Escudero, Barrul
Realizar un transporte en régimen de servicio privado, careciendo de la tarjeta de transportes, vehículo ligero.
Art. 103 de la
143 Lei 16/1987,
25.000
-Matrícula
-Denunciante -Último domicilio conocido -Data-Hora-Carretera-p.k. infringido sancionador impuesto-Expediente
-Denunciado
-Hecho denunciado
-Precepto
-Precepto
-Sanción
O-4273-AP
G.C. Tráfico Laviada, S.A.
Fuente de Roces, s/n
33211-Gijón
Asturias
11-4-1997; 10.10; N-634; 574
201 R.D.
1211/1990. ptas.
M-5813-GF
G.C. Tráfico Valenza, s/n 32890
(Barbadás) Ourense
11-4-1997; 19.30; C-533; 127
201 R.D.
1211/1990. ptas.
M-5813-GF
G.C. Tráfico Valenza, s/n 32890
(Barbadás) Ourense
11-4-1997; 19.30; C-533; 127
201 R.D.
1211/1990. ptas.
LU-8057-M
G.C. Tráfico Marques
Estrada xeral, 3
27780 (Foz) Lugo
17-4-17; 10.20; LU-P-55-01; 0,800
16/1987,
201 R.D.
1211/1990 ptas.
LU-0803-M
G.C. Tráfico y Vilaro, S.L.
Correal, 3, 27600
(Sarria) Lugo
21-4-1997; 11.50; C-546; 24 Ley 16/1987 y
artículo 158 del
Real decreto
1211/1990. 201 R.D.
1211/1990. ptas.
LU-4566-D
G.C. Tráfico Tolda de Meilan, s/n
27298 (Lugo) Lugo
9-4-1997; 11.55; N-642; 28 Ley 16/1987 y
artículo 158 del
Real decreto
1211/1990. 201 R.D.
1211/1990. ptas.
LU-00812-O-97
Viuda de Martínez
Circular arrastrando un semirremolque cisterna de materias peligosas baleiro, sin desgasificar con un certificado autorización nº 5129 período de validez finalizado el 13-7-1996.
Art. 2.3º do Real decreto 74/1992, de 31 de enero, por el que se aprueba el Regulamento nacional de transporte de mercancías peligrosas por carretera (TPC) (BOE nº 46, de 22 de febrero). 143 Ley 16/1987,
250.000
LU-00820-O-97
Coloniales Maribel, S.L.
Efectuar un transporte de mercancías en régimen de servicio privado, careciendo de la tarjeta de transportes. Vehículo ligero.
Artículo 103 de la Ley 16/1987 y artículo 158 do Real decreto 1211/1990 143 Ley 16/1987,
25.000
LU-00821-O-97
Coloniales Maribel, S.L.
Efectuar un transporte de mercancías perecederas, (productos cárnicos), careciendo de la autorización para transportar tales mercancías.
Artículo 7 del Real decreto 2312/1985, de 24 de septiembre, normas de homologación, ensayo e inspección de vehículos destinados al transporte de mercancías perecederas (BOE nº 298, de 13 de diciembre). 143 Ley 16/1987,
46.001
LU-00843-O-97
Manuel Joaquín Fernandes
Circular transportando pescado fresco en un vehículo isotérmico, careciendo el mismo de la tarjeta de transportes de servicio privado, vehículo ligero.
Artículo 103 de la Ley 16/1987 y artículo 158 del Real decreto 1211/1990. 143 Ley
25.000
LU-00871-O-97
Construcciones López
Efectuar un transporte privado complementario de marcancías, (material de construcción), careciendo de la correspondiente tarjeta de transportes, vehículo ligero.
Art. 103 de la
143 Ley 16/1987,
25.000
LU-00877-O-97
Comercial Embotelladora, S.A.
Realizar un transporte de mercancías en régimen de servicio privado, careciendo de la tarjeta de transportes.
Art. 103 de la
143 Ley 16/1987,
50.000
4787