Examinado el expediente relativo a la concesión de la medalla de Galicia en sus categorías de plata y bronce, y visto el dictamen emitido por la comision asesora previsto en el artículo 3.2º del Decreto 1/1991, de 1 de enero, modificado por el Decreto 137/1992, de 5 de junio y 166/1995, de 16 de junio, en virtud de las competencias que me confiere el referido decreto,
HE RESUELTO
Conceder la medalla de Galicia en sus categorías de plata y bronce a las siguientes personas y entidades:
Medallas de plata
José Carlos del Álamo Jiménez
Fernando Aldana Mayor
Michael Bowman
Centro Español y Repatriación de Santos (Brasil)
Congregación de las Hermanitas de los Ancianos Desamparados de Galicia
Mª de los Ángeles de la Gándara Barrio
Eulogio Gestal Varela
Carlos Hernández Sande
Hijos de Rivera, S.A.
Siro López Lorenzo
Vicente Quinta Alfaya
José Rodríguez López
Xulia Vaquero Sousa
Toñi Vicente
Medallas de Bronce
Adega Cooperativa Sta. Mª dos Remedios
Adega Cooperativa Virxe das Viñas
Enrique Cal Pardo
José Luis Guillín Pérez
Francisco Martínez Cortiña
Manuel Moreira Carrascal
María Neyra González
Restaurante Loliña
Manuel Robla Riesco
José María Salgado López
Francisco José Traspuesto Miguel
Maximino Viaño García
Juan Zapata Cubeiro
Santiago de Compostela, diecisiete de junio de mil novecientos noventa y siete.
Manuel Fraga Iribarne
Presidente
5012