En virtud de lo acordado por el juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cinco de Santiago de Compostela, en resolución de esta fecha, en los autos de Decl. Men. Cuant. Rec. Cantid. nº 174/1997 seguidos en este juzgado a instancia de Pescanova Alimentación, S.A., representado por el procurador Antonio Fernández Villaverde, contra Catering Santiago, S.L., se emplaza al demandado Caterin Santiago, S.L. para que en el término de veinte días comparezca en autos, personándose en legal foma con abogado que le defienda, con la prevención de que si no comparece será declarado en rebeldía y le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho.
Y para que sirva de emplazamiento al demandado Catering Santiago, S.L., expido el presente edicto que firmo en Santiago de Compostela a 28 de mayo de 1997.
La secretaria
Rubricado
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