En virtud de lo acordado por el juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número seis de Santiago de Compostela de conformidad con la providencia propuesta dictada en esta fecha en los autos de juicio de cognición 80/1996, seguidos a instancia de José Vilas Fariñas, representado por el procurador Ricardo García Píccoli, contra Marcelo Horjales Teixeira, se emplaza al referido demandado para que en el término de nueve días comparezca en autos, personándose en legal forma, con la prevención de que si no comparece será declarado rebelde y le pararán los perjuicios a que hubiere lugar en derecho.
Y para su inserción en los periódicos oficiales y que sirva de emplazamiento al demandado, expido
la presente cédula en Santiago de Compostela a veintiuno de mayo de mil novecientos noventa y siete.
La secretaria
Rubricado
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