De conformidad con lo dispuesto en los artículos 48.1º de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y 48.2º, 49, 50 y 51 de su reglamento, de 26 de abril de 1957, esta delegación acuerda señalar el día 27 de junio de 1997 para que el pagador de la entidad Unión Eléctrica-Fenosa, S.A. proceda en las oficinas de las casas consistoriales de Abegondo, Ordes y Touro, a las 11, 11.30 y 13 horas, respectivamente, a los pagos del justiprecio e intereses por imposición de servidumbres de paso de la línea eléctrica a 400 kV, desde la subestación de Mesón do Vento (Carral) y fina en la frontera, siguiendo hasta la central Alto Lindoso en Portugal (expediente 51704), a los interesados propuestos como titulares de fincas afectadas, contenidas en este proceso expropiatorio y en la relación que se expone en el tablón de edictos de los citados ayuntamientos.
A Coruña, 29 de abril de 1997.
Juan Ignacio Lizaur Otero
Delegado provincial de A Coruña
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