Por la presente cédula, se notifica los denunciados, cuyas señas y últimos domicilios conocidos se señalan en el anexo, las notificaciones sancionadoras, dictadas por la jefa del Servicio Provincial de Transportes de Pontevedra, facultada por el Decreto 70/1993 de 10 de marzo (DOG del 26 de marzo), recaídas en los expedientes que se cinta en el anexo.
Haciéndoles saber el derecho que los asiste para interponer alegaciones, ante el Servicio Provincial de Transportes de Pontevedra, en el plazo de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación de la presnte cédula.
En caso de conformidad con estas notificaciones deberán hacer efectiva la multa mediante transferencia bancaria a favor del Tesoro de Hacienda gallega, cuenta restringida de recaudación de multas y sanciones nº 311.500.007.9 de Caixa Galicia oficina principal de Pontevedra.
Y para que conste y sirva de notificación a los denunciados de domicilios desconocidos, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, del 27 de noviembre), expido, firmo y sello la presente cédula en Pontevedra a 8 de mayo de 1997.
Mª Cruz Tomé Navas
Jefa del Servicio Provincial de Transportes
de Pontevedra
ANEXO
-Matrícula
-Denunciante -Último domicilio conocido -Fecha-Hora-Carretera-p.k. infringido sancionador propuesta-Expediente
-Denunciado
-Hecho denunciado
-Precepto
-Precepto
-Sanción
PO-6569-AL
G.C. Tráfico Ecuador, 45
36203 Vigo
Pontevedra
SE-4527-BX
G.C. Tráfico Julio César, 11
41900 Camas
Sevilla
28-1-1997; 12.24.50; C-531; 9
PO-00059-O-97
Reboreda, S.L.
Circular transportando un globo de fumigación, careciendo de tarjeta de transportes. Servicio privado vehículo ligeiro. 23-1-1997; 10.55; N-550; 138.500 Artículo 103 da Ley 6/1987 y artículo 158 del Real decreto 1211/1990... 143 Ley 16/1987, 201 Real decreto 1211/1990... 25.000 ptas.
PO-00063-O-97
Ruíz Morato, S.L.
Circular realizando un transporte de mariscos, careciendo de la tarjeta de transportes. Transportar mercancía perecedera careciendo del certificado para transportar mercancía perecedera. Servicio privado. Vehículo ligeiro.
Artículo 103 de la Ley 16/1987 y artículo 158 del Real decreto 1211/1990, artículo 7 del Real decreto 2312/1985, de 24 de septiembre, normas de homologación, ensayo e inspección de vehículos destinados al transporte de mercancías perecederas (BOE nº 298, de 13 de diciembre. 143 Ley 16/1987, 201 Real decreto 1211/1990, 143 Ley 16/1987, 201 Real decreto 1211/1990... 50.000 ptas.
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