Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 91 Miercoles, 14 de mayo de 1997 Pág. 4.509

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 31 de marzo de 1997, de la Dirección General de Industria, por la que se somete a información pública la autorización de la modificación del proyecto de instalaciones de gasificación del Noroeste: red de Ourense, promovido por Enagás, S.A.

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 10/1987, de 15 de junio, de disposiciones básicas para un desarrollo coordinado de actuaciones en materia de combustibles gaseosos, Reglamento general del servicio público de gases combustibles, aprobado por Decreto 2913/1973, de 26 de octubre, artículos 39 de la Ley de procedimiento administrativo y 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, artículos 17 de la Ley de expropiación forzosa y 56 de su reglamento, texto refundido de la Ley sobre el régimen del suelo y ordenación urbana, aprobado por Real decreto legislativo 1/1992, de 26 de junio, Ley 11/1985, de 22 de agosto, de adaptación de la del suelo a Galicia y demás normativa específica de aplicación, y a los efectos previstos en el acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 6 de mayo de 1993, por el que

se designa a la Consellería de Industria y Comercio como órgano competente por razón de la materia para la tramitación de la unidad de expediente y resolución única del procedimiento, se somete a información pública la modificación del proyecto de gasificación del Noroeste: red de Ourense, declarado de utilidad pública por el artículo 10 de la citada Ley 10/1987.

Peticionario: Enagás, S.A., con domicilio en Avda. de América nº 38, 28028 Madrid, titular de la concesión administrativa otorgada por orden del conselleiro de Industria y Comercio de 12 de marzo de 1993 para la prestación del servicio público de conducción y suministro de gas natural para usos industriales en los términos municipales de Amoeiro, Ourense y San Cibrao das Viñas, cuyo proyecto de ejecución y autorización de instalaciones se aprobó por resolución del director general de Industria de 16 de octubre de 1995.

Objeto de la petición: aprobación administrativa y autorización de instalaciones de la modificación del proyecto de red de Ourense, reflejada en la addenda 1 al proyecto red de Ourense.

La autorización administrativa que se solicita comportará, de acuerdo con lo que establecen los artículos 10 y 11 de la citada Ley 10/1987, de 15 de junio, los beneficios de la declaración de utilidad pública y la necesidad de ocupación urgente al efecto de expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados necesarios para el establecimiento de estas instalaciones y de la imposición y el ejercicio de la servidumbre de paso y de otras limitaciones de dominio.

Características de las instalaciones: la finalidad de la addenda presentada al proyecto original es incluir como parte integrante del mismo las obras correspondientes a las modificaciones de trazado, motivadas por las alegaciones realizadas por organismos públicos y particulares.

Esta addenda 1, con una longitud de 260 m lineales, afecta a los siguientes términos municipales:

-Amoeiro: debido al traslado de la posición I-022-4, inicio de la red, la longitud de ésta aumenta entre los vértices V-0 y V-1.1, y entre los vértices VC-8-9 y VC-8-9.3, para pasar lo más próximo posible al fondo de los linderos de las fincas afectadas.

-Ourense: esta variación del trazado consta de tres zonas:

La primera, se sitúa entre los vértices VC-8-14 y VC-8-20, con objeto de no afectar al muro de piedra, cerramiento del camino por el lado oeste, habiéndose reducido la pista de trabajo.

La segunda, se sitúa entre los vértices VC-8-35 y VC-8-36, con el fin de realizar la acometida de gas al matadero Coren, dentro de sus terrenos.

Finalmente, la tercera se sitúa entre los vértices V-241 y V242.1, desplazándose el trazado inicial por el borde de una torre eléctrica de alta tensión.

-San Cibrao das Viñas: se sitúa dentro del polígono industrial de San Cibrao das Viñas, entre los vértices

V-343 y V-348, cambiando la conducción de acera para no interferir en los servicios (líneas eléctricas, tubería de agua, etc.) que pasan por ella.

Debido a la previsión en el incremento de consumo, tanto para la red urbana de Ourense como para el polígono industrial de San Cibrao das Viñas, se han aumentado los diámetros de tubería, pasando éstos de 6'' y 4'' iniciales, a 10'' y 6'', respectivamente.

La tubería se construirá de acero de calidad Gr. B., según API 5L y estará dotada de revestimientos externos y dispositivos de protección catódica.

La presión de diseño efectiva es de 16 bar.

El caudal a transportar para los consumos previstos asciende a 5.640 m (n)/h.

Términos municipales afectados: Amoeiro, Ourense y San Cibrao das Viñas.

Presupuesto: siete millones novecientas tres mil ciento cincuenta pesetas (7.903.150 ptas.).

Afección a fincas particulares: la afección a fincas particulares derivada de la construcción de las instalaciones auxiliares objeto de esta addenda, se concreta en la siguiente forma:

Uno.-Para las canalizaciones.

A) Imposición de servidumbre permanente de paso en una franja de terreno de dos metros de anchura, por donde discurrirá enterrada la tubería o tuberías que se requieran para la conducción del gas. Esta franja estará sujeta a las siguientes limitaciones:

1. Prohibición de efectuar trabajos de arada o similares a una profundidad superior a cincuenta centímetros, así como de plantar árboles o arbustos a una distancia inferior a dos metros a contar del eje de la tubería.

2. Prohibición de realizar cualquier tipo de obras, construcción, edificación o efectuar acto alguno que pudiera dañar o perturbar el buen funcionamiento de las instalaciones, a una distancia inferior a cinco metros del eje del trazado, a uno y otro lado del mismo.

Esta distancia podrá reducirse siempre que se solicite expresamente y se cumplan las condiciones que en cada caso fije el órgano competente de la Administración.

3. Libre acceso del personal y elementos necesarios para poder vigilar, mantener, reparar o renovar las instalaciones con pago, en su caso, de los daños que se ocasionen.

4. Posibilidad de instalar los hitos de señalización o delimitación, las tomas de potenciales y los tubos de ventilación y otras instalaciones auxiliares, así como de realizar las obras superficiales o subterráneas que sean necesarias para la ejecución o funcionamiento de las instalaciones.

B) Ocupación temporal de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras, de la zona que se refleja para cada finca en los planos parcelarios de expropiación y en la que se hará desaparecer todo obstáculo, así como realizar las obras necesarias para el tendido y montaje de la canalización y elementos anexos, ejecutando las obras u operaciones precisas a dichos fines.

El proyecto incluye planos parcelarios y la relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados.

Lo que se hace público para conocimiento general y especialmente de los propietarios de terrenos y demás titulares afectados por dicho proyecto, cuya relación se inserta al final de este anuncio, para que pueda ser examinado el expediente en la Dirección General de Industria de la Consellería de Industria y Comercio, edificio administrativo San Caetano, s/n, Santiago de Compostela y en la Delegación Provincial de Ourense, c/ Curros Enríquez, 1-4º, pudiendo presentar por triplicado en dichos centros las alegaciones que se consideren oportunas, en el plazo de veinte días a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio.

Santiago de Compostela, 31 de marzo de 1997.

Joaquín del Moral Crespo

Director general de Industria

Relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados por servidumbre de paso

Red de OurenseProvincia: OU-OurenseMunicipio: AO-Amoeiro

Abreviaturas utilizadas: SP-servidumbre de paso, OT-ocupación temporal, POL-polígono, PAR-parcela

Finca nºTitular y domicilioAfecciónDatos catastrales

SP mlOT mPOLPARNaturaleza

OU-AO-100Arturo Dopazo Novoa-Albeiros-Bregueira-Trasalba, 31270 Amoeiro, Ourense1751.75068272Monte alto, labor
OU-AO-100/1Ayuntamiento de Amoeiro-Ctra. Tamallancos-Barbantes, s/n, 32170 Amoeiro, Ourense550Camino
OU-AO-100/2Amalia Fernández, Alonso-Albeiros-Trasalba, 32172 Amoeiro, Ourense2727069386Monte bajo

3247