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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 89 Lunes, 12 de mayo de 1997 Pág. 4.443

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 9 de abril de 1997, de la Delegación Provincial de Pontevedra, de notificación de propuestas de resolución de los expedientes sancionadores en materia de espectáculos públicos 1844/1996 y nueve más.

Intentada la notificación directa al titular del establecimiento denominado disco pub Garbosa; Juan Carlos Fernández Chan, con domicilio en la calle Juan Bautista Andrade, 118-4º de Pontevedra, de las propuestas de resolución formuladas por el instructor en varios expedientes sancionadores, y no poder efectuarlas, se dispone según lo previsto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, la publicación en el Diario Oficial de Galicia de lo siguiente:

Primero.-De conformidad con lo dispuesto en el Real decreto 1640/1996, de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de espectáculos y el Decreto 336/1996, de 13 de septiembre, sobre asunción por la Xunta de Galicia de dichas funciones y servicios, pongo en su conocimiento que los expedientes sancionadores referenciados en este escrito serán resueltos por la Delegación Provincial de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales.

Segundo.-Que, analizadas las alegaciones presentadas contra la iniciación de los expedientes sancionadores referenciados, estas no pueden merecer favorable acogida al estar los hechos suficientemente probados.

Tercero.-Notificarle las propuestas de resolución de los expedientes:

Nº expedienteFecha de la denuncia

1844/966-7-1996

1857/9629-6-1996

1858/9630-6-1996

1901/9613-7-1996

1983/9625-7-1996

2044/9613-8-1996

2045/9627-7-1996

2150/9610-8-1996

2231/9618-8-1996

2248/9625-8-1996

Hechos denunciados: tener abierto el local denominado disco pub Garbosa, sito en el ayuntamiento de Poio, en las fechas indicadas, incumpliendo el horario de cierre.

La comisión de una tercera infracción leve, dentro del plazo de un año, se sancionará como infracción grave (artículo 23 ñ)) de la Ley orgánica 1/1992, de 21 de febrero).

Precepto infringido: artículo 23 ñ) en relación con el 26 e) de la Ley 1/1992, de 2 de febrero.

Sanción que se propone: 300.000 ptas. por cada expediente sancionador.

Cuarto.-Contra estas propuestas de resolución el interesado, de acuerdo con lo dispuesto en el Real decreto 1398/1993 y en la Ley 30/1992, podrá, en el plazo de 15 días, formular alegaciones y presentar los documentos e informaciones que estime pertinentes en la mejor defensa de sus derechos, dirigidas al delegado de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, calle Gagos de Mendoza, 2-2º Pontevedra.

Vigo, 9 de abril de 1997.

Antonio Coello Bufill

Delegado provincial de Pontevedra

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