Por medio del Decreto 365/1996, de 26 de septiembre, se regularon los horarios comerciales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, determinándose en el párrafo segundo de su disposición adicional que reglamentariamente se podrán regular los horarios comerciales de los establecimientos dedicados exclusivamente a la venta de productos culturales, y habilitando en la disposición final primera al conselleiro de Industria y Comercio para dictar las disposiciones necesarias para la aplicación, ejecución y eficacia de dicho decreto.
Con motivo de la conmemoración del Día de las Letras Gallegas, esta consellería estima conveniente autorizar la apertura de los establecimientos comer
ciales dedicados a la venta de libros el 17 de mayo de 1997, para conseguir con ello la mayor difusión, mediante la venta de libros, del patrimonio literario gallego. En virtud de todo ello,
DISPONGO:
Artículo único.-Se autoriza a los establecimientos dedicados a la venta de libros a abrir el día 17 de mayo de 1997, Día de las Letras Gallegas.
En el caso de establecimientos que realicen la venta de libros simultáneamente con la de otros productos, la autorización se refiere exclusivamente a la venta de dichos artículos.
Disposición final
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 23 de abril de 1997.
Antonio Couceiro Méndez
Conselleiro de Industria y Comercio
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