Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 29 Miercoles, 12 de febrero de 1997 Pág. 1.356

VI. ANUNCIOS

OTROS ANUNCIOS

AGENCIA TRIBUTARIA

EDICTO de 17 de diciembre de 1996, de la Delegación de Valladolid, de notificación de providencia de apremio.

Por el presente edicto, y debido a que los deudores comprendidos en la relación que a continuación se inserta, no han podido ser hallados en los domicilios que figuran en los registros de la Administración Tri

butaria o que se han alegado distintas causas para no recibir las notificaciones por las personas que la legislación autoriza para hacerse cargo de ellas, se les hace saber que:

Se notifica al deudor conforme al artículo 103 del Reglamento general de recaudación (Real decreto 1684/1990, de 20 de diciembre), que no habiendo sido satisfecha la deuda de referencia en el plazo de ingreso en período voluntario en virtud de lo establecido en el artículo 127 de la Ley general tributaria Comunidad Autónoma de Galicia, ha acordado:

«En uso de las facultades que me confieren los artículos 100 y 106 del Reglamento general de recaudación, liquido el recargo de apremio por el 20% del importe de la deuda pendiente y dicto providencia de apremio para que se proceda ejecutivamente contra el patrimonio o garantías del deudor, en caso de no producirse el ingreso en los plazos señalados en el artículo 108 del citado reglamento».

Valladolid, 17 de diciembre de 1996.

P.S. (O.M. 12-8-1985, BOE 29-8-1985)

Mª Ángeles Delgado Simón

Jefa de Servicio

Datos del contribuyenteConcepto/Descripción/Obj. Trib.Clave liquidaciónImporteF. Pro. Ap.

10091372E

Carro Toral, Dionisio

c/ Ramón Pradera, 10-2B

Valladolid

Sanción Exp.: 1995/OR376 Liq.: 008961004C1100096150086428300.00019-9-1996

Recursos (3).

Motivos de impugnación (3).

Suspensión del procedimiento (3).

Solicitud de aplazamiento (3).

Lugar de pago (3).

Intereses de demora (3).

Costas (3).

Plazos para efectuar el ingreso (3).

Personación del interesado (3).

(3) -Ver lo publicado para el primer edicto en la página 1.352 y 1.353.

9672