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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 28 Martes, 11 de febrero de 1997 Pág. 1.321

III. OTRAS DISPOSICIONES

UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

RESOLUCIÓN de 3 de febrero de 1997 por la que se convocan tres becas de investigación para el Instituto da Lingua Galega.

El Instituto da Lingua Galega convoca tres becas de investigación para el proyecto de la base de datos lexicográfica para un Diccionario da Lingua Galega.

1. Duración.

Las becas tendrán una duración de un año, con posibilidad de renovación.

2. Dotación económica.

Cada beca tendrá una dotación de 65.000 ptas. mensuales.

Para atender el gasto que supone la beca existe crédito suficiente en la aplicación 6025 CI 3664200 del presupuesto vigente.

3. Requisitos.

Podrán optar a la beca todos los miembros de la UE, mayores de edad, y con plena capacidad para obrar, que reúnan los siguientes requisitos:

a) Ser licenciados universitarios en la especialidad de Filología Hispánica, subsección Gallego-Portugués o equivalente.

b) Tener 2 de nota media en los tres últimos años de carrera o sobresaliente en el grado de licenciatura. La media de los cursos se obtendrá dividiendo el total de puntos por el número de convocatorias teniendo en cuenta que aprobado vale 1 punto; notable, 2; sobresaliente, 3; y MH, 4.

c) Non ser trabajadores por cuenta propia o ajena, ni recibir remuneración de ningún tipo o gozar de una beca o ayuda semejante.

4. Solicitudes.

Los solicitantes entregarán en la sede del Instituto da Lingua Galega (Plaza de la Universidad 4, Santiago de Compostela), dentro del plazo de diez días contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia, la siguiente documentación:

-Instancia de solicitud dirigida al director del Instituto da Lingua Galega.

-Titulación universitaria.

-Currículum vitae con indicación de los estudios, actividades y documentación acreditativa de todos los méritos que se aleguen.

-Declaración jurada de no desempeñar actividade profesional remunerada por cuenta propia o ajena, ni gozar de becas o ayudas equiparables a la convocada.

5. Selección de los becarios.

La selección de becarios será realizada por el tribunal, que hará una valoración de los méritos alegados. De considerarlo necesario el tribunal podrá hacer una entrevista a los candidatos preseleccionados.

6. Tribunal.

El tribunal estará compuesto por el vicerrector de Investigación o persona delegada, y por los siguientes miembros del ILG: el director, el secretario, un miembro del Consejo Científico y un becario.

7. Nombramiento.

Los becarios serán nombrados por el director Instituto da Lingua Galega de acuerdo con la propuesta del tribunal. Los becarios seleccionados deberán presentarse en la sede del Instituto da Lingua Galega dentro de los diez días seguintes al de la notificación de su selección.

8. Incidencias.

La solicitud de becas implica el conocimiento y aceptación de las presentes bases.

La condición de becario no dará lugar a relación laboral ni administrativa con la Universidad de Santiago de Compostela.

Santiago de Compostela, 3 de febrero de 1997.

Darío Villanueva Prieto

Rector de la Universidad de Santiago de Compostela

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