Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 20 Jueves, 30 de enero de 1997 Pág. 1.015

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

RESOLUCIÓN de 15 de enero de 1997, de la Delegación Provincial de A Coruña, de notificación de los acuerdos de iniciación del procedimiento sancionador de caza 96/0165 y tres más.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a la persona que en el anexo se menciona que, con esta fecha, he resuelto publicar el acuerdo de iniciación del procedimiento sancionador por infracción de la Ley 1/1970, de 4 de abril, de caza (BOE nº 82 del 6-4), y de su reglamento, aprobado por el Decreto 506/1971, de 25 de marzo, (BOE nº 76, del 30-3, corrección de errores nº 112, del 11-5), por no ser posible su notificación.

Se nombra instructora del procedimiento a Paloma Puente Sánchez, funcionaria de esta delegación, pudiendo promover su recusación en cualquier momento de la tramitación del procedimiento, si concurre alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

La resolución será acordada por el delegado provincial de esta consellería, según el Art. 49 del Reglamento de caza, en relación con el R.D. 167/1981, de transferencias de funciones y servicios de la Admón. del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de conservación de la naturaleza.

El interesado dispondrá de un plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de publicación de esta notificación, para que pueda examinar el expediente en la delegación provincial de esta consellería en A Coruña, sita en el Edificio Administrativo de Servicios Múltiples Monelos y para aportar por escrito cuantas alegaciones, documentos, informaciones o propuestas de pruebas, estime convenientes en defensa de sus derechos.

Conforme a lo establecido en el artículo 13.2º del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, de 4 de agosto de 1993, de no efectuar alegaciones en el plazo anterior, este acuerdo de iniciación podrá ser considerado propuesta de resolución, determinándose, a estos, el importe de la sanción.

El pago voluntario pondrá fin al expediente. Para efectuarlo deberá emplear los impresos normalizados que le serán facilitados en esta delegación provincial, sita en el Edificio Administrativo de Servicios Múltiples Monelos, A Coruña.

Lo que se le comunica de acuerdo con la normativa antes citada y con lo establecido en el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobada por el R.D. 1398/1993, de 4 de agosto (BOE nº 189, del 9-8).

A Coruña, 15 de enero de 1997.

Rogelio Aramburu Núñez

Delegado provincial de A Coruña

ANEXO

Tipificación

Ley de caza

ExpedienteDenunciado

DNI

Última dirección conocida

Hechos denunciadosArtículoCalificaciónSanción

propuesta

C-96/0165Jesús J. Cubeiro Alonso

32.683.462

Lg. Espinuda, 5

Valdoviño

Hacer uso indebido de su escopeta en una zona de seguridad e infringir las normas para batidas de jabalí46.2.h)

48.2.14

Muy grave

menos grave

50.000 multa

Inhab. 2 años

C-96/0174Juan J. Martínez Fraguela

76.398.895

Camino Real Magdalena, 39

Cedeira

Poseer la documentación preceptiva para cazar, no llevándola consigo48.3.43Leve1.000 multa
96/0191José Bermúdez Espineira

32.204.028

Archer Milton

Huntington, 1

A Coruña

Portar munición no autorizada y cazar en un coto sin permiso46.2.i)

48.1.8

Muy grave

Grave

50.000 multa

Inhab. 2 años

C-96/0221José M. García Liñares

52.432.808

Sofán, 2

Carballo

Portar munición no permitida para caza menor46.2.i)Muy grave50.000 multa

Inhab. 2 años

504