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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 3 Martes, 07 de enero de 1997 Pág. 186

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

RESOLUCIÓN de 10 de diciembre de 1996, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se notifica la incoación del expediente sancionador C-59/1996 y tres más (caza-Pontevedra).

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley de 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en el anexo se mencionan la incoación del expediente sancionador por infracción de la Ley 1/1970, de 4 de abril, de caza.

Que, asimismo, designo instructora del expediente a Pilar Pita Ponte y secretaria a María Teresa Calvo García.

Lo que se notifica a los efectos previstos en el artículo 29 de la citada Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, pudiendo recursarlos en cualquier momento del expediente por alguna de las causas previstas en el artículo 28 de la citada ley.

A los efectos previstos en la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, los denunciados dispondrán de un plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para formular las alegaciones, aportar los documentos o las pruebas que convengan a su derecho, advirtiéndoles que, de no efectuar alegación ninguna en el plazo fijado, este acuerdo de incoación podrá ser considerado propuesta de resolución, de darse los supuestos previstos en el artículo 13 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE 9-8-1993).

Pontevedra, 10 de diciembre de 1996.

José Luis Díez Yáñez

Delegado provincial de Pontevedra

ANEXO

-Expediente-Denunciado

-Último domicilio conocido

-Hecho denunciado-Precepto

infringido

-Precepto

sancionador

-Sanción

C-59/1996Jorge Lastra Rodríguez

Angoares-Ponteareas

Adiestrar perros en un lugar autorizado, sin licencia de caza.Artículo 48.3º 43 de la Ley 1/1970, de caza48 de la Ley 1/1970, de caza1.000

C-124/1996Jorge Irago Villanueva

Iglesia, s/n, Tremoedo

Vilanova de Arousa

Cazar dentro del coto privado de caza PO-10124, careciendo de autorización. En el momento de la intervención, estaban calando un hurón y colocando una red.Artículo 48.1º 8 y otra 48.2º 31 de la Ley 1/1970, de caza48 de la Ley 1/1970, de caza7.000

C-128/1996Clemente González Abal

Tarrío, 15, Caleiro

Vilanova de Arousa

Cazar con escopeta dentro del coto PO-10143 careciendo de la autorización. Fue denunciado anteriormente este mismo año.Artículo 48.1º 8 de la Ley 1/1970, de caza48 de la Ley 1/1970, de caza4.000

C-129/1996Benito Chávez Paz

Tarrío, s/n, Caleiro

Vilanova de Arousa

Cazar con escopeta dentro del coto PO-10143 careciendo de la autorización. Fue denunciado anteriormente este mismo año.Artículo 48.1º 8 de la Ley 1/1970, de caza48 de la Ley 1/1970, de caza4.000

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