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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 243 Viernes, 13 de diciembre de 1996 Pág. 11.371

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

DECRETO 429/1996, de 29 de noviembre, por el que se acuerda la adscripción de parte del inmueble situado en la calle dos Irmandiños s/n, de Santiago de Compostela, a favor del Instituto Lácteo y Ganadero de Galicia.

A través del Real decreto 998/1984, de 23 de marzo, sobre valoración definitiva y ampliación de funciones y medios adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de agricultura, fue transferido el inmueble conocido como centro de inseminación artificial de Santiago de Compostela, situado en la calle dos Irmandiños s/n, de Santiago de Compostela.

El Instituto Lácteo y Ganadero de Galicia solicitó la adscrición de la parte de dicho inmueble que no fue objeto de afectación secundaria a favor de la Consellería de Pesca, Marisqueo y Acuicultura, mediante el Decreto 340/1990, de 14 de junio, ampliada por Decreto 308/1991, de 12 de abril. La Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes, que venía ocupando el resto del inmueble, informó favorablemente la adscrición solicitada por el Instituto Lácteo y Ganadero de Galicia.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 13 de la Ley 3/1985, de 12 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia, y 18 siguientes de su reglamento, aprobado por Decreto 50/19089, de 9 de marzo, se podrán adscribir bienes y derechos demaniales a entidades públicas u organismos autónomos, dependientes de la Comunidad Autónoma, cuando no sean necesarios para el cumplimiento de sus fines, requiriéndose, conforme a los citados preceptos, decreto del Consello de la Xunta de Galicia para realizar la adscrición.

En virtud de lo anteriormente expuesto, a propuesta de la Consellería de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintinueve de noviembre de mil novecientos noventa y seis,

DISPONGO:

Artículo 1º

Se adscribe al Instituto Lácteo y Ganadero de Galicia a parte del inmueble situado en la calle de Os Irmandiños s/n, de Santiago de Compostela, que venía ocupando la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes.

Artículo 2º

El Instituto Lácteo y Ganadero de Galicia ostentará las facultades de administración, gestión y conservación de la parte del inmueble adscrito.

Artículo 3º

La Consellería de Economía y Hacienda, a través de la Secretaría General y del Patrimonio, llevará a cabo todos los trámites necesarios para dar efectividad a lo dispuesto en el presente decreto.

Santiago de Compostela, veintinueve de noviembre de mil novecientos noventa y seis.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

José Antonio Orza Fernández

Conselleiro de Economía y Hacienda