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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 236 Martes, 03 de diciembre de 1996 Pág. 10.916

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 23 de octubre de 1996 por la que se aprueba el plan de trabajo anual de la Inspección Educativa en la Comunidad Autónoma de Galicia, para el curso 1996/1997.

El Decreto 135/1993, de 24 de junio, por el que se regulan las funciones y organización de la Inspección educativa en la Comunidad Autónoma de Galicia, determina como una de las funciones del subdirector general de la Inspección elaborar el plan de trabajo anual de Inspección educativa, de acuerdo con las prioridades y directrices emanadas de las correspondientes direcciones generales de la consellería.

El presente plan aspira a mantener una línea de continuidad en los objetivos y en las actuaciones fijadas en el plan de trabajo del curso 1995/96 que contribuyeron a la homologación de tarifas de todos los servicios provinciales de Inspección, y por otra parte aspira a profundizar en ciertos objetivos a los que la implantación del nuevo sistema educativo requiere otorgar una mayor dimensión.

El presente plan se inscribe dentro del modelo organizativo de la Inspección educativa diseñado en el Decreto 135/1993, de 24 de junio: una inspección coordinada internamente por la Inspección central, la jefatura de servicio provincial de Inspección y los coordinadores de cada uno de los equipos de los sectores

educativos; y un trabajo en equipo de los inspectores integrantes de cada uno de los sectores, que supone un elemento de intervención colectiva en la actuación, en el análisis y en la toma de decisiones comunes en el sector correspondiente.

La Consellería de Educación y Ordenación Universitaria considera como objetivo prioritario la aplicación de las novas enseñanzas derivadas de la LOGSE y, concretamente, en el curso 1996/97, el seguimiento y evaluación de la implantación del primer curso de la enseñanza secundaria obligatoria y la preparación del segundo curso.

La Ley orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la participación, la evaluación y el gobierno de los centros docentes considera que la mejora en la calidad de la enseñanza exige ampliar los límites de evaluación para que pueda ser aplicada de modo efectivo al conjunto del sistema educativo, en sus enseñanzas, centros y profesores, y determina que los planes de evaluación de los centros docentes serán elaborados por la Administración educativa, y serán llevados a cabo principalmente por la Inspección educativa.

Esta misma ley, dentro del objetivo marcado en la misma, el de la consecución más eficaz de una enseñanza de calidad, atribuye a la inspección educativa un papel determinante en la detección acertada tanto del estado real de los distintos elementos del sistema educativo como de las causas determinantes de los resultados de las evaluaciones, y considera el ejercicio de la misma como un medio primordial para regular el cumplimiento de la leyes y la garantía de los docentes y observancia de los deberes de cuantos participan en los procesos de enseñanzas y de mejora del sistema educativo.

De acuerdo con lo anteriormente expuesto, a propuesta del subdirector general de Inspección educativa, de conformidad con el artículo 12 del Decreto 135/1993, de 24 de junio, se establece el siguiente plan de trabajo anual de la Inspección para el curso 1996/97:

I. OBJETIVOS

1.-Supervisión del proceso de aplicación de las nuevas enseñanzas derivadas de la Ley orgánica 1/1990, de ordenación general del sistema educativo, especialmente la implantación generalizada del primer curso de la enseñanza secundaria obligatoria.

2.-Supervisión de la organización y funcionamiento de los centros, y de los recursos materiales y humanos existentes en orden a su optimización.

3.-Evaluación de los centros educativos de acuerdo con lo dispuesto en la Ley orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, siguiendo y ampliando las actuaciones iniciadas en el curso 1995/96 con el plan de evaluación de centros educativos (plan ACE).

4.-Supervisión del final del curso académico 1996/97, análisis de la memoria anual y de los datos sobre evaluación de los alumnos y organización del curso académico 1997/98.

II. ACTUACIONES Y PROCEDIMIENTOS

Objetivo I:

1.-Supervisión del proceso de aplicación de las nuevas enseñanzas derivadas de la Ley orgánica 1/1990, de ordenación general del sistema educativo, especial

mente la implantación generalizada del primer curso de la enseñanza secundaria obligatoria.

Actividades.

1.1 Análisis y diagnóstico de los centros educativos que imparten este curso.

1.2 Seguimiento de los siguientes aspectos:

-Proceso de escolarización: previsión y desarrollo, así como control de grupos de alumnos y unidades resultantes.

-La adscripción del profesorado y necesidad del mismo.

-Elementos de organización interna: horario, jornadas, etc.

1.3 Asesoramiento y seguimiento del proceso de elaboración de los documentos institucionales de los centros:

-El proyecto educativo del centro.

-El proyecto curricular de la etapa.

-Las programaciones didácticas de los departamentos.

-El plan general para el uso del idioma.

-La programación general anual.

-El reglamento de régimen interior.

-Los programas de diversificación curricular.

1.4 Seguimiento del plan de coordinación entre el profesorado de los institutos y el profesorado que imparte el primer curso de la ESO en los centros adscritos: calendario de reuniones, elaboración, aprobación y evaluación de las programaciones didácticas.

1.5 Seguimiento y aplicación de la evaluación del alumnado, de la evaluación del proceso educativo y de los libros de escolaridad. Supervisión de las actas de evaluación de los alumnos y de los libros de escolaridad.

Responsables.

Bajo la coordinación del inspector coordinador del sector, cada inspector llevará a cabo la supervisión y la verificación de los aspectos enumerados en sus centros.

Temporalización.

Mes de octubre y noviembre:1.1

Primer trimestre: 1.2

Todo el curso:1.3 -1.4 -1.5

Mes de junio:1.5

Evaluación.

El resumen de las realizaciones llevadas a cabo, las conclusiones y las propuestas de mejora sobre las mismas serán recogidas en un informe trimestral elaborado por el equipo de sector bajo la dirección del inspector coordinador.

Objetivo II:

2.-Supervisión de la organización y funcionamiento de los centros, de los recursos materiales y humanos existentes en orden a su optimización.

Actividades.

2.1 Comprobación de las instalaciones del centro ( aulas, talleres, laboratorios, despachos, salas de reuniones, despachos de departamentos, sala de usos múltiples / salón de actos, espacios al aire libre, instalaciones deportivas).

2.2 Supervisión de los servicios complementarios de los centros (comedores, transporte).

2.3 Comprobación del mobiliario escolar

2.4 Comprobación del material didáctico

2.5 Detección de necesidades de recursos didácticos y equipamiento.

2.6 Detección de necesidades de obras.

2.7 Comprobación del horario (lectivo y complementario) del profesorado y verificación del cumplimiento de la normativa vigente en este aspecto.

2.8 Verificar el horario general del centro y el cumplimiento por parte del mismo de la normativa en todos los aspectos (especialmente en las optativas, opcionales, EATPs, etc.

2.9 Corregir las posibles desviaciones de las plantillas y, en función de los ajustes llevados a cabo, proponer la plantilla adecuada (en los centros de E. secundaria).

Responsable.

Bajo la coordinación del inspector coordinador del sector, cada inspector llevará a cabo la supervisión y la verificación de los aspectos enumerados en su centro.

Temporalización.

Primer trimestre del curso.

La propuesta de plantillas se realizará en las fechas marcadas por la Dirección General de Personal.

Objetivo III:

3.-Evaluación de los centros educativos de acuerdo con lo dispuesto en la Ley orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, siguiendo y ampliando las actuaciones iniciadas en el curso 1995/96 con el plan de evaluación de centros educativos (plan ACE).

Actividades.

3.1 Determinación de los centros docentes que serán objeto de evaluación en el curso 1996/97.

3.2 Reunión informativa sobre el proceso de evaluación de centros.

3.3 Aplicación de los instrumentos de la evaluación en los centros.

3.4 Análisis de los resultados.

3.5 Redacción del informe con propuesta de intervención.

3.6 Reunión final para el análisis de la evaluación y para estudio y debate de las propuestas recogidas en el informe.

Responsable.

Equipo del sector.

Temporalización.

Primer trimestre:3.1 e 3.2

Segundo y tercer trimestre: 3.3 -3.4 -3.5

Objetivo IV:

4.-Supervisión del final del curso académico 1996/97, análisis de la memoria anual y de los datos sobre evaluación de los alumnos y organización del curso académico 1997/98.

Actividades.

4.1 Verificar la aplicación de la normativa de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria sobre el calendario de las actividades del final de curso elaborado por los consejos escolares.

4.2 Velar por el proceso de elección de los directores de los centros y, en su caso, propuesta del nombramiento.

4.3 Elaborar un estudio de las necesidades de profesorado en cada uno de los centros de cara al curso 1997/98.

4.4 Recogida, análisis de la memoria anual de la programación general anual del centro e informe sobre las conclusiones más relevantes de las mismas

4.5 Recogida y análisis de los datos estadísticos sobre la evaluación de alumnos en cada una de las materias o áreas.

4.6 Supervisión de la documentación académica de la evaluación de los alumnos: libros de escolaridad, actas, informes y propuesta de títulos.

Responsable.

Bajo la coordinación del inspector-coordinador del sector, quien elaborará el informe final sobre cada uno de los aspectos citados, los inspectores del sector realizarán las tareas de verificaciones, control y análisis en sus centros de referencia.

Temporalización.

Mes de mayo: 4.1 4.3

Mes de junio:4.2 4.3

Mes de junio-julio:4.4 4.5

Evaluación.

En el informe elaborado por el equipo del sector, bajo la dirección del inspector coordinador, se realizará la evaluación de las distintas actividades, con las conclusiones y medidas, en su caso, propuestas.

Tareas habituales.

El plan de trabajo anual, curso 1996/97, hace hincapié en una serie de objetivos que deben figurar como actuaciones prioritarias y ocupar un lugar preferente en el trabajo de la Inspección educativa.

No pueden, lógicamente, obviarse todas aquellas actuaciones consideradas habituales y que constituyen un centro normal de atención y dedicación de los inspectores

A)Evaluación, supervisión y asesoramiento.

-Valoración de los profesores solicitantes de la acreditación para el ejercicio de la dirección

-Valoración de los profesores solicitantes de las licencias de estudios.

-Colaboración en los procesos de provisión de plazas.

-Colaboración en los concursos para el acceso a la condición de catedráticos.

-Reconocimiento de las nuevas habilitaciones del profesorado.

-Supervisión del proceso de elección de miembros de los consejos escolares.

-Asesoramiento e información a los equipos directivos sobre la normativa de organización y funcionamiento de los centros.

-Asesoramiento y colaboración con los equipos de normalización lingüistica de los centros.

B) Documentos de organización del centro.

-Supervisión, verificación y control de los datos contenidos en los mismos.

-Aprobación definitiva de los horarios de los centros docentes y de los servicios educativos dependientes de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria.

-Seguimiento y control del cumplimento de jornada del profesorado.

-Supervisión del cumplimento y aplicación de la normativa sobre la normalización lingüística.

C) Planificaciones.

-Revisión y actualización del mapa escolar.

-Planificación, ejecución y supervisión de los procesos de escolarización de alumnos.

-Propuesta de las plantillas de funcionamiento de los centros.

-Revisión e informe sobre autorización y renovación de los conciertos escolares.

D) Emisión de informes sobre desafectación, adelanto en edad, actividades y servicios complementarios en centros concertados, proyectos de formación en centros, reclamaciones de alumnos, impartición de EATPs, materias optativas, horarios experimentales, trabajos de los equipos de normalización lingüística y de potenciación del uso del gallego.

E) Organización y ejecución de los premios extraordinarios de bachillerato.

III) PLAN PROVINCIAL DE INSPECCIÓN

1. Elaboración del plan provincial.

Corresponde al inspector jefe del Servicio Provincial de Inspección la elaboración del plan provincial de inspección y la realización del seguimiento del mismo.

El plan provincial de la Inspección, con el visto y place del delegado provincial, será remitido a la Subdirección General de Inspección antes del día 25 de noviembre de 1996.

Dicho plan tendrá como referencia el plan general de trabajo de la inspección concretado en los cuatro objetivos prioritarios para el curso 1996/97.

Los planes provinciales se estructurarán en torno a los siguientes puntos:

1.-Objetivos fijados en el plan de trabajo.

-Actuaciones llevadas a cabo.

-Temporalización de los mismos.

-Responsables de las actuaciones.

-Informes elaborados.

2.-Otros puntos a incluir en el plan:

-Sectores de inspección (equipos, reuniones)

-Grupos de trabajo provinciales (componentes, reuniones, documentos).

-Reunión de los equipos de inspección.

-Documentos elaborados por el Servicio Provincial.

2. Seguimiento y evaluación del plan de inspección.

El proceso de seguimiento y evaluación del plan se realizará a dos niveles:

a) Seguimiento desde los servicios provinciales

-El inspector-coordinador del sector convocará al equipo del sector, al menos una vez al mes y evaluará el grado de cumplimiento de las actividades programadas.

-El inspector-jefe convocará a los coordinadores de sector, al menos una vez al mes, para analizar las actuaciones programadas y el cumplimento de las mismas.

-El inspector-jefe convocará una reunión trimestral con todos los inspectores del servicio para evaluar el desarrollo del plan provincial.

-Al final del curso académico, el inspector jefe elaborará, juntamente con los inspectores-coordinadores, una memoria anual en la que recogerá la síntesis de las actividades de la Inspección respecto a los objetivos del plan de trabajo anual.

b) Seguimiento desde la Inspección Central.

-Análisis de los planes provinciales de inspección y emisión de los correspondientes informes.

-Reuniones periódicas con inspectores jefes, bajo la presidencia del Subdirector General de la Inspección.

-Participación en reuniones de trabajo con los inspectores de los servicios provinciales y especialmente con los inspectores jefes.

-Solicitud de informes puntuales referidos al cumplimiento de las actuaciones del plan de trabajo.

Santiago de Compostela 23 de octubre de 1996.

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria

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