De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 10/1987, de 15 de junio, de disposiciones básicas para un desarrollo coordinado de actuaciones en materia de combustibles gaseosos, Reglamento general del servicio público de gases combustibles, aprobado por Decreto 2913/1973, de 26 de octubre, artículos 39 de la Ley de procedimiento administrativo y 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, artículos 17 de la Ley de expropiación forzosa y 56 de su Reglamento, texto refundido de la Ley sobre el régimen del suelo y ordenación urbana, aprobado por Real decreto legislativo 1/1992, de 26 de junio, Ley 11/1985, de 22 de agosto, de adaptación de la del suelo a Galicia y demás normativa específica de aplicación, y a los efectos previstos en el acuerdo del Consello de la Xunta de 6 de mayo de 1993, por el que se designa a la Consellería de Industria y Comercio como órgano competente por razón de la materia para
la tramitación de la unidad de expediente y resolución única del procedimiento, se somete a información pública la modificación del proyecto de gasificación del noroeste: Ramal y red de distribución de gas natural para usos industriales en Lugo, declarado de utilidad pública por el artículo 10 de la citada Ley 10/1987.
Peticionario: Enagás, S.A., con domicilio en Avda. de América, nº 38, 28028 Madrid, titular de la concesión administrativa otorgada por orden del conselleiro de Industria y Comercio de 12 de marzo de 1993 para la prestación del servicio público de conducción y suministro de gas natural para usos industriales en los términos municipales de Vilalba, Begonte, Rábade, Outeiro de Rei, Lugo y Cospeito, cuyo proyecto de ejecución y autorización de instalaciones se aprobó por resolución del Director General de Industria de 27 de julio de 1995.
Objeto de la petición: aprobación administrativa y autorización de instalaciones de la modificación del proyecto Red de Lugo, reflejada en la addenda 1 al proyecto ramal y red de distribución de gas natural para usos industriales en Lugo.
La autorización administrativa que se solicita comportará, de acuerdo con lo que establecen los artículos 10 y 11 de la citada Ley 10/1987, de 15 de junio, los beneficios de la declaración de utilidad pública y la necesidad de ocupación urgente al efecto de expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados necesarios para el establecimiento de estas instalaciones y de la imposición y el ejercicio de la servidumbre de paso y de otras limitaciones de dominio.
Características de las instalaciones: la finalidad de la addenda presentada al proyecto original es incluir como parte integrante del mismo las obras correspondientes a las modificaciones de trazado motivadas por las nuevas infraestructuras construidas y atendiendo a las alegaciones realizadas por organismos y particulares en base al cambio de usos del suelo o a la existencia de edificaciones nuevas en la zona.
Tanto las características que han de reunir los materiales como los criterios mediante los cuales han de realizarse las obras correspondientes a los nuevos trazados son los determinados en el proyecto original, excepto lo indicado expresamente en la citada addenda 1.
La longitud total estimada de los nuevos trazados es de 7.079 m, suponiendo un incremento de la longitud de 179 m.
Términos municipales afectados:
Vilalba (1.413 m.), Begonte (946 m.), Rábade (577 m.), Outeiro de Rei (1.915 m.) y Lugo (2.228 m.).
Presupuesto: el presupuesto inicial queda incrementado en cinco millones ciento treinta y ocho mil setecientas veinticinco pesetas (5.138.725 ptas.), con lo que asciende a un total de mil seiscientos seis millones cuatrocientas dieciocho mil seiscientas noventa pesetas (1.606.418.690 pesetas).
Afección a fincas particulares: la afección a fincas particulares derivada de la construcción del gasoducto y sus instalaciones auxiliares se concreta en la siguiente forma:
1. Expropiación forzosa en pleno dominio de los terrenos sobre los que se han de construir las instalaciones fijas en superficie.
2. Para las canalizaciones:
A) Imposición de servidumbre permanente de paso en una franja de terreno de cuatro metros de ancho para el ramal de transporte y dos metros de ancho para las redes de distribución, por donde discurrirá enterrada la tubería o tuberías que se requieran para la conducción del gas. Esta franja estará sujeta a las siguientes limitaciones:
1. Prohibición de efectuar trabajos de arada o similares a una profundidad superior a cincuenta centímetros, así como de plantar árboles o arbustos, a una distancia inferior a dos metros a contar del eje de la tubería.
2. Prohibición de realizar cualquier tipo de obras o efectuar acto alguno que pudiera dañar o perturbar el buen funcionamiento de las instalaciones, a una distancia inferior a cinco metros del eje del trazado, a uno y otro lado del mismo. Esta distancia podrá reducirse siempre que se solicite expresamente y se cumplan las condiciones que en cada caso fije el órgano competente de la Administración.
3. Libre acceso del personal y equipos necesarios para poder mantener, reparar o renovar las instalaciones con pago, en su caso, de los daños que se ocasionen.
4. Posibilidad de instalar los hitos de señalización o delimitación y los tubos de ventilación así como las obras superficiales o subterráneas que sean necesarias para la ejecución o funcionamiento de las instalaciones.
B) Ocupación temporal de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras, de la zona que se refleja para cada finca en los planos parcelarios de expropiación y en la que se hará desaparecer todo obstáculo, así como realizar las obras necesarias para el tendido e instalación de la canalización y elementos anexos, ejecutando las obras u operaciones precisas a dichos fines.
El proyecto incluye planos parcelarios y la relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados.
Lo que se hace público para conocimiento general y especialmente de los propietarios de terrenos y demás titulares afectados por dicho proyecto, cuya relación se inserta al final de este anuncio, para que pueda ser examinado el expediente en la Dirección General de Industria de la Consellería de Industria y Comercio, Edificio Administrativo de San Caetano, s/n, Santiago de Compostela y en la Delegación Provincial de Lugo, c/ Pascual Veiga, 12 -14, pudiendo presentar por triplicado en dichos centros las alegaciones que se consideren oportunas, en el plazo de veinte días a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio.
Santiago de Compostela, 31 de octubre de 1996.
Joaquín del Moral Crespo
Director general de Industria
Relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados por servidumbre de paso.
Redes distribución Lugo.
Provincia: LU-Lugo.
Ayuntamiento: VI-Vilalba.
Abreviaturas utilizadas: SP-Servidumbre de paso, OT-Ocupación temporal, POL-Polígono, PAR-Parcela.
Datos catastrales
Afección
Finca nº Titular y domicilio sp(ml) OT(m) POL PAR Naturaleza
LU-VI-1633/1V María Lozano Prieto-Ventorro, Sancobade Vilalba 7 90 128 318 Terreno de labor LU-VI-1633/10V Remedios Martínez Seoane-Boizán-Vilalba 29 290 128 284 Terreno de labor LU-VI-1633/11V Manuel Otero Cendan-Barbeitas, 169 Sancobade-Vilalba 0 20 128 288 Terreno de labor LU-VI-1633/12V Antonio Fernández Rocha ATT. Fco. Cendan Fraga-Muíños, 24, Sancobade-Vilalba 58 675 128 279 Monte alto LU-VI-1633/13V Antonia Castro Pérez-Nova, 27-1º-Vilalba 62 975 128 278 Monte alto LU-VI-1633/14V Concello de Vilalba-Pza. Constitución-Vilalba 6 75 Camino LU-VI-1633/15V Santiago López Fole-As Fontiñas-Vilalba 56 730 128 736 Monte alto LU-VI-1633/16V Antonia Mato Paz y 5 más-Guadalupe-Sancobade-Vilalba 2 115 128 405 Monte alto LU-VI-1633/17V M.Fom. Demarcación de carreteras Concepción Arenal, 1-1 A Coruña 28 475 Carretera LU-VI-1633/18V Antonia Mato Paz e 5 máis-Guadalupe-Sancobade-Vilalba 4 90 128 741 Monte bajo LU-VI-1633/19V Concello de Vilalba-Pza. Constitución-Vilalba 12 170 Camino LU-VI-1633/2V Antonia Caastro Pérez-Nova, 27-1º-Vilalba 42 550 128 319 Terreno de labor LU-VI-1633/2V B Antonio Prieto Rouco-Muíños, Sancobade-Vilalba 42 550 128 319 LU-VI-1633/20V Antonia Mato Paz e 5 máis-Guadalupe, Sancobade-Vilalba 20 240 128 407 Monte bajo LU-VI-1633/21V Sergio Aguiar Felpeto AT. Cesario Aguiar-Sixto, Sancobade-Vilalba 13 175 128 409 Monte bajo LU-VI-1633/22V Pilar Rouco López-Guadalupe, Sancobade-Vilalba 30 455 128 410 Terreno de labor LU-VI-1633/23V Eugenio Montenegro Díaz-Guadalupe, Sancobade-Vilalba 0 105 128 411 Terreno de labor LU-VI-1633/24V Manuel Ferreiro Rego-Xoberte, Sancobade-Vilalba 29 325 128 408 Monte bajo LU-VI-1633/26V Pilar Rouco López-Guadalupe, Sancobade-Vilalba 4 25 128 404 Tierra de labor LU-VI-1633/27V Concello de Vilalba-Pza. Constitución-Vilalba 3 30 Camino LU-VI-1633/28V Amelia Díaz Braya-Guadalupe, Sancobade-Vilalba 58 585 128 538 Monte alto LU-VI-1633/29V Raquel Cendan Taboada-Os Novos, Sancobade-Vilalba 22 285 128 547 Tierra de labor LU-VI-1633/3V Victoria Vidal Rodríguez-Av. Galicia, 64, Vilalba 11 145 128 320 Tierra de labor LU-VI-1633/3V B Domingo Bello-Os Novos, Sancobade-Vilalba 11 145 128 320 LU-VI-1633/30V Descoñecido 0 90 128 548 Monte alto LU-VI-1633/31V Rosendo Lozano Prieto-Ventorro, 18-Sancobade-Vilalba 107 1.225 128 551 Monte alto LU-VI-1633/32V Irmáns Fco. Lozano Baamonde ATT. Pilar Queija-Guadalupe, Sancobade-Vilalba 30 390 128 550 Tierra de labor LU-VI-1633/33V Manuel Ferreiro Rego-Xoberte, Sancobade-Vilalba 0 10 128 549 Terreno de labor LU-VI-1633/34V Concello de Vilalba-Pza. Constitución-Vilalba 2 25 Camino LU-VI-1633/35V María Díaz Fole-Sixto, Sancobade-Vilalba 22 330 128 599 Monte bajo
Datos catastrales
Afección
Finca nº Titular y domicilio sp(ml) OT(m) POL PAR Naturaleza
LU-VI-1633/36V Eladio Martínez Losada-Fabilos, Noche-Vilalba 53 675 128 598 Tierra de labor LU-VI-1633/37V Irmáns María Novo Pérez-Muíños, 19-Sancobade-Vilalba 0 10 128 594 Terreno de labor LU-VI-1633/38V José Mª Montenegro Rey-Muíños, 19-Sancobade-Vilalba 39 415 128 593 Terreno de labor LU-VI-1633/39V Victoriano Rouco Lodeiro-Muíños, 23-Sancobade-Vilalba 69 900 128 592 Monte alto LU-VI-1633/4V Carmen González Díaz AT. Antonio Díaz González-Xoberte, Sancobade-Vilalba 23 300 128 321 Terreno de labor LU-VI-1633/40V Concello de Vilalba-Pza. Constitución-Vilalba 6 170 Camino LU-VI-1633/41V Antonio Lozano García-Muíños-Sancobade-Vilalba 0 15 128 607 Monte alto LU-VI-1633/42V Elena Carreira Rodríguez-Insua, Rebordaos-Vilalba 15 190 128 662 Monte alto LU-VI-1633/43V José Lozano García e irmán (Antonio) Muíños, 29, Sancobade-Vilalba 31 385 128 661 Monte alto LU-VI-1633/44V Concello de Vilalba-Pza. Constitución-Vilalba 4 55 Camino LU-VI-1633/45V Irmáns Benito González-Rúa de Galicia, 89, bajo-Vilalba 54 730 128 664 Monte alto LU-VI-1633/46V Antonio Lozano García-Muíños, 29, Sancobade-Vilalba 107 1.410 128 702 Monte alto LU-VI-1633/47V Guillermo Carreira Novo-Nete, 12-Vilalba 20 169 128 631 Pradera LU-VI-1633/5V Modesta Otero Cendán-Guadalupe, Sancobade-Vilalba 30 390 128 322 Terreno de labor LU-VI-1633/6V José Vidal Rodríguez-Av. Galicia, 64-Vilalba 89 1.160 128 324 Terreno de labor LU-VI-1633/6V B Domingo Bello-Os Novos, Sancobade-Vilalba 89 1.160 128 324 LU-VI-1633/7V Carmen Rouco Prado-Muíños, Sancobade-Vilalba 51 665 128 294 Terreno de labor LU-VI-1633/8V Irmáns Fulgencio Otero Castelo ATT. Benigno Otero Barbeitas, Sancobade-Vilalba 64 760 128 290 Terreno de labor LU-VI-1633/9V Antonia Cendan Fraga-Muíños, 25-Sancobade-Vilalba 83 1.080 128 285 Pradera
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