De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley de 26 de noviembre de 1992 (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPA), notificó a los denunciados cuyos datos personales y última dirección conocida se señalarán a continuación, las incoaciones de los correspondientes expedientes sancionadores acordadas por el delegado provincial de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes de Ourense, por presuntas infracciones de la Ley de protección de espacios naturales y de la flora y fauna silvestres 4/1989, de 27 de marzo, BOE del 28/3.
Asimismo, designo instructora de los expedientes a Mª Rosa Rodríguez Cougil, quien podrá ser objeto de recusación en cualquier momento de la tramitación de los expedientes, cuando concurra cualquiera de los supuestos determinados en los artículos 28 y 29 de la LRJPA.
Los denunciados dispondrán de un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para que puedan examinar los expedientes en esta delegación provincial, sita en la calle del Progreso nº 161, entresuelo y presentar los descargos y documentos que consideren convenientes en su defensa.
De no presentar alegación en el plazo fijado y conforme al artículo 13 del Reglamento 1398/1993, de 4 de agosto, de procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, este acuerdo de iniciación podrá ser considerado propuesta de resolución a todos los efectos.
Este órgano administrativo acordará la terminación del procedimiento en el supuesto de que el interesado reconozca su responsabilidad en los cargos que se le imputan y proceda, en cualquier momento anterior a la resolución del procedimiento y empleando los impresos normalizados que serán facilitados en las oficinas de esta delegación provincial o en cualquier otra dependiente de la Xunta de Galicia, al pago voluntario de la sanción que en cada caso corresponda. Todo ello sin perjuicio de la posibilidad que asiste a cada expedientado de formular los recursos que establezca la legislación aplicable y vigente, y al amparo del artículo 8 del citado reglamento.
El órgano competente para resolver los señalados procedimientos, dentro de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes en Ourense, vendrá determinado por el tipo de infracción cometida, según el artículo 12 de la LRJPA y en el Decreto 5/1987, de 14 de enero de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes.
Ourense, 7 de octubre de 1996.
Jacobo Gómez-Orellana Rodríguez
Delegado provincial de Ourense
ANEXO
Nº expediente: 3/1995FS
Nombre y apellidos del denunciado: José Fernández Sequeiros.
Último domicilio conocido: c/ Aloques 12, O Porriño (Pontevedra).
Hecho denunciado: cazar especies no permitidas en época de veda.
Precep. infringido y sancionador: Art. 39 de la Ley 4/1989, de espacios naturales y de la flora y fauna silvestres.
Sanción propuesta: 50.000
Instructora: Mª Rosa Rguez. Cougil.
Nº expediente: 5/1995FS
Nombre y apellidos del denunciado: José da Silva Ferreiro.
Último domicilio conocido: c/ Domingo Bueno 12, O Porriño (Pontevedra).
Hecho denunciado: cazar especies no permitidas en época de veda.
Precep. infringido y sancionador: Art. 39 de la Ley 4/1989, de espacios naturales y de la flora y fauna silvestres.
Sanción propuesta: 50.000
Instructora: Mª Rosa Rguez. Cougil.
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