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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 221 Martes, 12 de noviembre de 1996 Pág. 10.174

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

CÉDULA de 7 de octubre de 1996, de la Delegación Provincial de Ourense, de notificación de las resoluciones de los expedientes sancionadores incoados por infracción de la normativa vigente en materia de caza, devueltos por el servicio de correos al resultar desconocidos sus destinatarios. (Expediente 63/1994C y veintidós más).

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley de 26 de noviembre de 1992 (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a los denunciados con los datos personales y la última dirección conocida que se señalarán a continuación, las resoluciones de los correspondientes expedientes sancionadores acordadas por el delegado provincial de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes de Ourense, por presuntas infracciones de la Ley de caza 1/1970, de 4 de abril (BOE del 6 de abril) y de su reglamento, Decreto 506/1971, de 25 de marzo (BOE del 30 de marzo).

El importe de la sanción que, en cada caso corresponda, se hará efectiva en la cuenta 44030/003918-8 de la Caja de Ahorros Provincial de Ourense, empleando el impreso que se facilitará en cualquier unidad administrativa perteneciente a la Xunta de Galicia, en el plazo de quince días hábiles, a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución salvo la presentación del recurso pertinente. Enc aso contrario se procederá a su cobro por vía ejecutiva.

Conviene señalar que para obtener o renovar la licencia de caza, será requisito imprescindible acreditar tener abonada la multa que corresponda, una vez sea firme la resolución.

Contra esta resolución se podrá interponer recurso ordinario en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la presente publicación, ante

el conselleiro de Agricultura, Ganadería y Montes de la Xunta de Galicia. En caso contrario, aquella adquirirá firmeza a todos los efectos.

Ourense, 7 de octubre de 1996.

Jacobo Gómez-Orellana Rodríguez

Delegado provincial de Ourense

ANEXO

Nº Expte.Nombre y apellidos del

denunciado

Último domicilio conocidoHecho denunciadoPrecep. infringido

y sancionador

Sanción

impuesta

63/94CJuan Carlos Meijide Rialc/ Estanislao Núñez, 47-1º Izq.

Vigo (Pontevedra)

Cazar en época de vedaArt. 48.1.18 de la Ley 1/1970, de caza10.500
64/94CManuel Rodríguez Condec/ Caldas de Reis, 1-15A

Vigo (Pontevedra)

Cazar en época de vedaArt. 48.1.18 de la Ley 1/1970, de caza10.500
66/94CManuel Plaza GarcíaAvda. Dtor. Tourón, 59-8ºC

Vilagarcía de Arousa (Pontevedra)

Cazar con perro en época de vedaArt. 48.2.25 de la Ley 1/1970, de caza3.500
100/94CArturo Mares CordeiroAvda. Buenos Aires, 150-3ºD

(Ourense)

Cazar en época de vedaArt. 48.1.18 de la Ley 1/1970, de caza8.500
133/94CAvelino Pérez GonzálezMaceiras, Dozón

(Pontevedra)

Cazar en zona cinegética especial sin autorizaciónArt. 48.2.30 de la Ley 1/1970, de caza3.500
5/95CAntonio González FernándezPlaza da Lexión, 12-2ºD

(Ourense)

Cazar en época de vedaArt. 48.1.18 de la Ley 1/1970, de cazaSobreseído
36/95CGumersindo González Corbillónc/ Remedios, 68-2ºE

(Ourense)

Portar bala en caza menorArt. 48.2.14 de la Ley 1/1970, de caza3.500
37/95CFrancisco Fernández Moránc/ Verardo García, 6-1º

Ponferrada (León)

No cumplir las normas de batidaArt. 48.3.25 de la Ley 1/1970, de caza2.000
37/95CSantos Rodríguez FernándezVillalibre, s/n

Villadepalos (León)

No cumplir las normas de batidaArt. 48.3.25 de la Ley 1/1970, de caza2.000
51/95CJuan Valle Lópezc/ José Valgona, 45

Ponferrada (León)

Cazar sin licencia y sin seguro obligatorioArt. 48.2.1 y 48.3.53 de la Ley 1/1970, de caza5.000
53/95CJosé Diéguez AlonsoPalleirós (Viana do Bolo)Cazar sin licenciaArt. 48.2.1 de la Ley 1/1970, de caza3.500
56/95CAntonio Gil Pérezc/ Río Arnoia, 26-1ºB

(Ourense)

Cazar con perros en época de vedaArt. 48.2.25 de la Ley 1/1970, de caza3.500
72/95CFelisindo Baldomino Arce Vidalc/ José Antonio, 5-3ºA

(Ourense)

Cazar sin permiso de coutoArt. 48.1.8 de la Ley 1/1970, de caza5.000
98/95CAlejandro Fernández Blancoc/ Cantábrico, 24-1º

(A Coruña)

Cazar sin seguro obligatorioArt. 48.3.53 de la Ley 1/1970, de caza2.000
101/95CAntonio Pousa RodríguezAvda. Ourense, 160

(Xinzo de Limia)

Cazar sin permiso de coutoArt. 48.1.8 de la Ley 1/1970, de caza5.000
102/95CFernando Martínez Méndezc/ Maior, s/n

(A Gudiña)

Poseer animal silvestre sin autorizaciónArt. 48.2.14 de la Ley 1/1970, de caza3.500
104/95CJosé Viso Bandec/ Ponte da Veiga, 7

(Vigo)

Emplear redes abatiblesArt. 6.2 del Real decreto 1095/198520.000
123/95CEloy Álvarez VázquezAvda. de Zamora, 58-1º Dcha.

(Ourense)

Cazar zona quemadaArt. 48.2.14 de la Ley 1/1970, de caza3.500
135/95CRicardo Vázquez FariñasBusteliño (Xunqueira de Ambia)Portar balas en caza menorArt. 48.2.14 de la Ley 1/1970, de caza3.500

Nº Expte.Nombre y apellidos del

denunciado

Último domicilio conocidoHecho denunciadoPrecep. infringido

y sancionador

Sanción

impuesta

104/95CGabino Rodríguez CamposRebordondo (Cualedro)Cazar sin licencia, sin permiso de couto y sin seguro obligatorioArt. 48.1.8, 48.3.43 y 48.3.53 de la Ley 1/1970, de caza10.000
12/96CSerafín Janeiro EstévezAvda. Buenos Aires, 8

(Ourense)

Portar cartuchos de postasArt. 48.2.14 de la Ley 1/1970, de caza3.500
19/96CManuel González QuintasCamino Castelo, 36

(Ourense)

Portar cartuchos de postasArt. 48.2.14 de la Ley 1/1970, de caza3.500
20/96CManuel González SantiagoCarretera Granxa, Rampla Mosquera, 11

(Ourense)

Portar cartuchos de postasArt. 48.2.14 de la Ley 1/1970, de caza3.500

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