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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 219 Viernes, 08 de noviembre de 1996 Pág. 10.067

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

CÉDULA de 7 de octubre de 1996, de la Delegación Provincial de Lugo, de notificación de la resolución formulada en los expedientes sancionadores de epizootias LU-259/1995 y LU-187/1996 devueltos por el servicio de correos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se le notifica al denunciado con los datos personales y última dirección concocida señalados, la resolución del expediente sancinonador por el delegado provincial de Lugo, contra la que podrá interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Agricultura, Ganadería y Montes en el plzao de un mes, contado a partir del día siguiente al de esta publicación.

En caso de conformidad con esta resolución, el pago de la sanción se deberá hacer efectivo en el plazo de quince (15) días mediante tranferencia bancaria a favor del Tesoro de Hacienda Gallega; cuenta restringida de recaudación de multas y sanciones:

* nº 311-152-116/7, Caixa Galicia. Oficina Principal de Lugo.

ANEXO:

-Expediente: LU-259/1995.

Denunciado: Jesús Vega Arias.

DNI: 9.984.135.

Última dirección conocida: Conde de Lemos. Ponferrada, León.

Hecho denunciado: dedicarse al transporte de animales en el vehículo matrícula LE-3551-J, sin tenerlo registrado para este fin.

Precepto infringido: artículo 52 del Reglamento de la Ley de epizootias.

Precepto sancionador: artículo 215 del Reglamento de la Ley de epizootias.

Sanción impuesta: 30.000 ptas.

-Expediente: LU-187/1996.

Denunciado: Cooperativa de Matadero de Aves Rías Baixas S. Coop.

Última dirección conocida: c/ Pazos Gil. Meaño (Pontevedra).

Hecho denunciado: tranportar el día 24-4-1996, en el camión matrícula PO-1071-AP, seiscientos pollos, sin tener el vehículo registrado para este fin.

Precepto infringido: artículo 52 del Reglamento de la Ley de epizootias.

Precepto sancionador: artículo 215 del Reglamento de la Ley de epizootias.

Sanción impuesta: 25.000 ptas.

Lugo, 7 de octubre de 1996.

José Ramón Molinero Senovilla

Delegado provincial de Lugo

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