Advertidos errores en el citado decreto, publicado en el DOG nº 206, del lunes, 21 de octubre de 1996, es necesario hacer las oportunas correcciones:
-En la página 9.274, 2ª columna, en el artículo 43 donde dice: «p) Regular el procedimiento de autorización de las salidas voluntarias entre clase o en períodos de ocio del alumnado del centro», debe ser eliminado en su totalidad.
-En la página 9.277, 1ª columna, en el artículo 63 donde dice: «1a) Un profesor de cada ciclo, por propuesta de sus integrantes» debe decir: «Un profesor de cada ciclo, por propuesta de la comisión de coordinación pedagógica».
-En la página 9.278, 1ª columna, en el artículo 73 donde dice: «2. El jefe de equipo de actividades complementarias y extraescolares actuará bajo la dependencia directa del jefe de estudios y en estrecha colaboración con el equipo directivo», debe ser eliminado en su totalidad.
-En la página 9.283, 1ª columna, en la disposición transitoria primera, donde dice: «...un representante de los alumnos...» debe decir: «...una representación de los alumnos...».
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