Visto el texto de la revisión salarial del convenio colectivo Construcciones Alea, S.L. (código nº 3200162) de Ourense, con entrada en esta delegación provincial el día 3-7-1996, suscrito en representación de la parte económica por la empresa y de la parte social por el comité de empresa, en la reunión celebrada el 28 de junio de 1996, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 apartados 2º y 3º, del Estatuto de los trabajadores, texto refundido aprobado por Real decreto 1/1995, de 24 de marzo, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estato a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de trabajo, esta delegación provincial,
ACORDA:
Primeiro.-Ordenar la inscripción de la misma en el libro de registro de convenios colectivos de esta delegación provincial, con notificación a la representación económica y social de la comisión negociadora.
Segundo.-Ordenar su deposito en el Servicio de Relaciones Laborales, Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación de esta delegación.
Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Ourense, 10 de julio de 1996.
Manuel López Casas
Delegado provincial de Ourense
ANEXO I
Tabla de retribuciones para el período 1-1-1996 al 31-12-1996 de la empresa Construcciones Alea, S.L.
asistencia JulioNavidad extrasNiveles Categorías Sueldo base mensual Plus de
Total mes Pagas extras
Vacaciones Horas
Jefe de 1ª Adm.
II Título superior 97.980 22.837 120.817 116.694 116.694 116.694 1.021 III Título medio
97.546 22.409 119.955 116.348 116.348 116.348 1.021
asistencia JulioNavidad extrasNiveles Categorías Sueldo base mensual Plus de
Total mes Pagas extras
Vacaciones Horas
Encargado general
Jefe de personal
Jefe administrativo
Topógrafo
Encargado de obra
Oficial 1ª Adm.
Capataces
Topógrafo Práct. 2ª
Oficial 1ª Oficio
Aux. administrativo
Alamacenero
IV Ayte. de obra
97.079 21.923 119.002 115.970 115.970 115.970 1.021 V Delineante superior
96.633 21.582 118.215 115.625 115.625 115.625 1.021 VI Delineante primera
96.164 21.025 117.189 115.257 115.257 115.257 1.021 VII Delineante de 2ª
94.426 19.311 113.737 113.887 113.887 113.887 972 VIII Oficial 2ª Adm.
93.123 18.305 111.428 111.804 111.804 111.804 933 IX Oficial 2ª oficio
91.787 16.969 108.756 110.779 110.779 110.779 906 X Serenos
90.445 15.357 105.802 110.724 110.724 110.724 853 XI Peones especializados 89.103 14.323 103.426 107.381 107.381 107.381 827 XII Peones ordinarios 87.710 12.963 100.673 106.289 106.289 106.289 786 XIII Trabajadores de 17 años 51.555 13.306 64.861 58.068 58.068 58.068
7515