En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 del Real decreto 873/1977, de 22 de abril, de desarrollo de la Ley 9/1977, de 1 de abril, y a los efectos previstos en el mismo, se hace público que en el correspondiente servicio de esta dirección general fueron depositados el acta de constitución y estatutos de la Federación de Asociaciones de Mejilloneros de Arosa y Norte que tiene los siguientes ámbitos:
Territorial: la ría de Arousa y las situadas más al norte.
Profesional: podrán pertenecer a dicha federación las asociaciones de propietarios mejilloneros que sean concesionarios y se dediquen a la explotación de bateas de cultivo de mejillón.
Firma el acta de constitución: Juan Manuel López Durán y siete personas más.
Santiago de Compostela, 2 de septiembre de 1996.
Juan Pedrosa Vicente
Director general de Relaciones Laborales
9606696