Visto el expediente del convenio colectivo del sector de comercio de alimentación, que tuvo entrada en esta delegación provincial el día 4-6-1996 suscrito en representación de la parte económica por A.S.A.C. y, de la parte social, por UGT, CC.OO., USO y CIG el 14 de mayo de 1996, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º, de la Ley 8/1980, de 10 de marzo, del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial,
ACUERDA:
Primero.-Ordenar su inscripción en el libro registro de convenios colectivos de trabajo, existente en esta delegación provincial, y notificación a las representaciones económica y social de la Comisión Negociadora.
Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.
Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
A Coruña, 13 de junio de 1996.
Mª Reyes Carabel Pedreira
Delegada provincial de A Coruña
Acta de revisión salarial del año 1995 del convenio provincial del comercio de alimentación de la provincia de A Coruña
Asistentes:
-Representación sindical:
Por UGT
Manuel Ferro González.
M. Carmen Iglesias Almeida.
Carlota Martínez López (suplente).
J. Antonio LIñeira Martínez (suplente).
Miguel Cajigal Fariña (asesor).
Nieves Montes Patiño (asesora).
Por CC.OO
José Luis Varela.
José Chans.
Manuela Pastor.
Mª Carmen Bugallo (suplente).
Esther Carballo (suplente).
Antonio Sánchez Varela (asesor).
Rosa Pérez Álvarez (asesora).
Por CIG
Mª Victoria López Gil.
Anuncio Moroño Noia.
Luis Soto Sabio (asesor).
Por USO
José Díaz Santamarina.
Mª Jesús Caridad Mejuto.
Mª Teresa Vázquez Novelle.
Mª Victoria Rodríguez Bello.
Juan Carlos Buján Otero.
Celso Domínguez Blanco (asesor).
-Representación empresarial:
Por A.S.A.C.
Javier García Ruiz (asesor).
Francisco Duarte.
Eduardo López.
Luis García Cabreros.
Antonio Domingo Tudó.
Rafael Souto.
En la ciudad de A Coruña, siendo als 17 horas del día 14 de mayo de 1996, se reúnen en los locales del centro de formación de la C.E.C. las personas que arriba se relacionan, integrantes de la Comisión Negociadora del convenio provincial para el sector de comercio de alimentación de la provincia de A Coruña.
Único.-Se aprueban las nuevas tablas salariales correspondientes al año 1995, modificadas como consecuencia de la aplicación de la cláusula de revisión salarial en función del IPC (se adjuntan como anexo I).
Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión siendo las 17.30 horas del día arriba indicado, de todo lo cual dan fe los abajo firmantes.
TABLAS SALARIALES
Incremento sobre 1994: 4,30%
profesional retributivo
cuatrienio
Grupo
Nivel
Categorías incluidas Salario base Salario anual Valor
I. A) Director 107.951 1.619.258 4.318 B) Jefe de personal 101.098 1.516.470 4.149 Jefe de ventas 101.098 1.516.470 4.149 Jefe de compras 101.098 1.516.470 4.149 C) Jefe administrativo 98.846 1.482.692 4.032 Jefe de almacén 98.846 1.482.692 4.032 Coordinador general 98.846 1.482.692 4.032
II. A) Jefe Sec. administrativa 96.687 1.450.307 3.925 Jefe sección mercantil 96.687 1.450.307 3.925 Jefe sección servicios 96.687 1.450.307 3.925 Jefe de sucursal 96.687 1.450.307 3.925 B) Encargado establecimiento 91.448 1.371.722 3.648 Viajante 91.448 1.371.722 3.648 Contable-cajero 91.448 1.371.722 3.648 C) Oficial administrativo 88.519 1.327.791 3.606 Programador 88.519 1.327.791 3.606 Comprador 88.519 1.327.791 3.606
III. A) Dependiente 87.859 1.317.888 3.567 Profesional oficio 1ª 87.859 1.317.888 3.567 Capataz o encargado 87.859 1.317.888 3.567 B) Auxiliar de caja 83.620 1.254.307 3.567 Auxiliar administrativo 83.620 1.254.307 3.567 Profesional de oficio 2ª 83.620 1.254.307 3.567 Mozo especializado 83.620 1.254.307 3.567 Operador 83.620 1.254.307 3.567 C) Ayudante de dependiente 81.849 1.227.741 3.567 Envasador, reponedor, marcador 81.849 1.227.741 3.567 Profesional de oficio 3ª 81.849 1.227.741 3.567 Cobrador, conserje, vigilante 81.849 1.227.741 3.567 Mozo 81.849 1.227.741 3.567
Plus de transporte 6.519
6061