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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 158 Martes, 13 de agosto de 1996 Pág. 7.700

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

RESOLUCIÓN de 12 de julio de 1996, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se notifica la incoación de los expedientes sancionadores (P-68/96 y cuatro más) (pesca-Pontevedra).

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se les notifica a las personas que en el anexo se mencionan la incoación de los expedientes sancionadores por infracción de la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial.

Que asimismo designo instructora del expediente a Pilar Pita Ponte y secretaria a Mercedes Valdés Rodríguez.

Lo que se notifica, a los efectos previstos en el artículo 29 de la citada Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento

administrativo común, pudiendo recusarlos en cualquier momento del expediente por alguna de las causas previstas en el artículo 28 de la citada ley.

A los efectos previstos en la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, los denunciados dispondrán de un plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para formular las alegaciones, aportar los documentos o aportar las pruebas que convengan a su derecho, advirtiéndoles que de no efectuar alegación ninguna en el plazo fijado, este acuerdo de incoación podrá ser considerado propuesta de resolución, de darse los supuestos previstos en el artículo 13 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE del 9-8-1993).

Pontevedra, 12 de julio de 1996.

José Luis Díez Yáñez

Delegado provincial de Pontevedra

ANEXO

-Expediente-Denunciado

-Último domicilio conocido

-Hecho denunciado-Precepto

infringido

-Precepto

sancionador

-Sanción

P-68/96Manuel Carneiro Suárez

Vilar, 18, Teo, A Coruña

Pescar en época de veda, el día 17 de marzo de 1996, en el río Ulla, lugar de Agro Maior-TeoArt. 34.6º de la Ley 7/1992,

de pesca fluvial

Art. 34 de la Ley 7/1992,

de pesca fluvial

500.001 e inhabilitación para obtener la licencia de pesca 1 año
P-89/96José Pinto da Sousa

Cortegada, 32, Silleda

Pescar en río acotado sin poseer coto de pesca, el día 23 de marzo de 1996, en el Toxa, lugar de Ponte da Pedra-Silleda.Art. 34.10º de la Ley 7/1992,

de pesca fluvial

Art. 34 de la Ley 7/1992,

de pesca fluvial

500.001 e inhabilitación para obtener la licencia de pesca 1 año
P-115/96José Juan Aparicio Abundancia

Calvo Sotelo, 27-1º, Tui

Navegar en una canoa entorpeciendo el ejercicio de la pesca, en el coto de Ponte-Caldelas, en el río Verdugo, el día 5 de abril de 1996.Art. 33.8º de la Ley 7/1992,

de pesca fluvial

Art. 33 de la Ley 7/1992,

de pesca fluvial

5.000
P-117/96Carlos Alberto Bugarín Pereira

Tui, 43, Tui

Navegar en una canoa entorpeciendo el ejercicio de la pesca, en el coto de Ponte-Caldelas, en el río Verdugo, el día 5 de abril de 1996.Art. 33.8º de la Ley 7/1992,

de pesca fluvial

Art. 33 de la Ley 7/1992,

de pesca fluvial

50.000
P-118/96Mark Damian Walls

Rosalía de Castro, 5, 2º Madrid

Navegar en una canoa entorpeciendo el ejercicio de la pesca, en el coto de Ponte-Caldelas, en el río Verdugo, el día 5 de abril de 1996.Art. 33.8º de la Ley 7/1992,

de pesca fluvial

Art. 33 de la Ley 7/1992,

de pesca fluvial

50.000

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