Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 156 Viernes, 09 de agosto de 1996 Pág. 7.635

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

EDICTO de 19 de junio de 1996, del Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común de A Coruña, por el que se inicia la tramitación del expediente número 336 de clasificación del monte Cabral ou Baíñas, perteneciente a los lugares de Baíñas y Val, parroquia de Baíñas (municipio de Vimianzo).

Ante este Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común, se tramita expediente nº 336 de clasificación del monte cuyas características se indican a continuación:

Denominación: Cabral o Baíñas.

Comunidad: Lugares de Baíñas y Val.

Parroquia: Baíñas.

Municipio: Vimianzo.

Superficie: 183,55 ha.

Linderos:

Norte: propiedades particulares de Jesús Maceiras, Faustino Hermida y Celestino Villar. Propiedades particulares de Celestino Villar y otros, de las que lo separa carretera de Muxía a Santiago. Propiedades particulares de Francisco Calo y otros. Carretera de Muxía a Santiago. Propiedades particulares de Antonio Calo y otros. Carretera de Muxía a Santiago que lo separa de propiedades particulares de María Pérez y otros. Propiedades particulares de Francisco Hermida y otros.

Este: carretera de Muxía a Vimianzo y de Muxía a Santiago.

Propiedades particulares de Manuel Tomé y otros.

Sur: propiedades particulares de Andrés Fernández y otros. Monte Baíñas.

Oeste: término municipal de Dumbría.

En virtud de lo acordado por el jurado, y en cumplimiento de la orden del instructor, de fecha 19 de junio de 1996, conforme a lo dispuesto en la Ley de montes vecinales en mano común de 10 de octubre de 1989 y demás disposiciones de aplicación, a medio del presente se hace pública la iniciación de tramitación del expediente indicado, al objeto de que, de acuerdo con lo previsto en el Art. 23 del Reglamento de 23 de septiembre de 1992, para la aplicación de la citada ley, cuantas personas, organismos o corporaciones resulten interesadas, puedan com

parecer e intervenir en el expediente iniciado y formular ante el jurado, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente edicto en el Diario Oficial de Galicia, cuantas alegaciones estimen oportunas en defensa de los derechos que crean asistirles en relación con el monte, aportando en su caso, la documentación que estimen conveniente al respecto.

A Coruña, 19 de junio de 1996.

Vº Bº

Ramón Olano Calleja

Instructor

Manuel Puente Araújo

Secretario

6017