Intentada la notificación directa a la titular del establecimiento denominado Bar A Volta da Esquina, María Ferreiro Ruiz, de la propuesta de resolución formulada por la instructora en el expediente P48/1995, y al no poder efectuar esta, resolví al amparo de lo previsto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, disponer la publicación en el Diario Oficial de Galicia de lo siguiente:
Sancionar a María Ferreiro Ruiz, titular del establecimiento denominado Bar A Volta da Esquina,
sito en la calle Otero Pedrayo, 4 del municipio de Vigo, con multa de cincuenta mil pesetas (50.000 ptas.), como responsable de la infracción administrativa grave prevista en el artículo 29 i) de la Ley 14/1985, sancionable a través dela rtículo 31.2º de la misma ley, por tener instalada y en explotación una máquina recreativa tipo B, modelo B-1844, serie JCH-92-2631, guía de circulación número 1022464 y autorización de explotación GA P3894 carente de boletín de instalación y perteneciente a la empresa operadora Recreativos Veiga, S.L..
Pontevedra, 2 de julio de 1996.
María Jesús Padín García
Instructora
5273
Cédula de 3 de julio de 1996, de la Dirección General de Relaciones Laborales, por la que se notifican expedientes sancionadores incoados por infracción administrativa en el orden social. (140/1995 y tres más).
Intentada la notificación personal y devueltas por el servicio de correos por resultar imposible su práctica, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (artículo 59 de la Ley de procedimiento administrativo de 1992) por la presente cédula se les notifica a las empresas relacionadas en el anexo las resoluciones en el orden social.
Se hace saber que dichas resoluciones ponen fin a la vía administrativa y los interesados pueden formular contra la misma, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde su publicación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con lo establecido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, modificada por la de 17 de marzo de 1973, de 30 de abril de 1992, y la de 26 de noviembre de 1992.
Santiago de Compostela, 3 de julio de 1996.
Juan Pedrosa Vicente
Director general de Relaciones Laborales
ANEXO
Dirección general
infringido sancionador impuestaEmpresa Domicilio, localidad Nº expediente Fecha resolución
Precepto
Precepto
Sanción
176/1993 (LU)
429/1993 (AI)
Vigo 206/1995 (PO)
562/1995 (AI)
Saproarne, S.L. Lamablanca, Coeses, Lugo 140/1995 (R.O).
20-2-1996 Art. 41, 4.2º A y 23 de la Ley 8/1980, de 10 de marzo Art. 7.4º, 36, 7.9º y 8.11º de la Ley 8/1988, de 7 de abril 602.001 Bapaz, S.L. Avda. do Fragoso, 28-6º C,
339/1995 (R.O).
2-1-1996 Art. 22, 23 y 151 de la O.X.S.H.T. Art. 10.9º y 36 de la Ley 8/1988, de 7 de abril 200.000
Dirección general
infringido sancionador impuestaEmpresa Domicilio, localidad Nº expediente Fecha resolución
Precepto
Precepto
Sanción
Vigo 225/1995 (PO)
656/1995 (AI)
(A Coruña) 11/1995 (CO)
2251/1994 (AI)
Estructuras D.R., S.L. Rúa Illas Canarias, 14-1º A,
453/1995 (R.O).
11-3-1996 Art. 5 de la Ley 8/1988, Art. 4.2º d) y 19 do E.T.,Art. 187 y 188 de la O.M. de 28-8-1970 y Art. 51 de la O.M. de 9-3-1971 Art. 10.9º, 36 y 37 de la Ley 8/1988, de 7 de abril 200.000 Industrias P.M., S.A. Rúa Tarabelo, 80, Sada
219/1995 (R.O).
20-3-1996 Art. 47 de la Ley 8/1980 Art. 8.3º y 36 de la Ley 8/1988 y 96.3º de E.T. 700.000
5521