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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 143 Lunes, 22 de julio de 1996 Pág. 7.082

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 11 de junio de 1996, de la Delegación Provincial de A Coruña, por la que se hace pública la propuesta de resolución del expediente sancionador en materia de juego 2/1996.

Intentada la notificación directa a los interesados, Complejo Educativo, S.A., sito en la calle Mallorca, 250, Atco. de Barcelona, y Francisco Raña Castro, con domicilio en la calle Caselas, 9-1º A, de Vigo, y otras personas que pudiesen resultar responsables, de la propuesta de resolución formulada por el instructor en el expediente C-2/1996, y al no poder efectuar esta, he resuelto, al amparo de lo previsto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, disponer la publicación en el Diario Oficial de Galicia de lo siguiente:

Propuesta de resolución del expediente sancionador: 2/1996.

«Que el Consello de la Xunta de Galicia, previa propuesta del conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, acuerde:

Sancionar a Complejo Educativo, S.A. y a Francisco Raña Castro, respectivamente, con multa de un millón

mil pesetas (1.001.000 ptas.), a cada uno de ellos, por la comisión de una infracción muy grave de las previstas en el artículo 28 d) y g) de la Ley 14/1985, modificada por la Ley 7/1991, y sancionable a través de los artículos 31 y 32 de la misma ley, por tener instaladas y en explotación dos máquinas recreativas tipo «B» en el establecimiento Bar J. Pardo, del ayuntamiento de Touro (A Coruña) careciendo de toda la documentación exigida por la legislación vigente.

Inponer como sanción accesoria la destrucción de las respectivas máquinas tipo «B» decomisadas por carecer de toda documentación respectiva, exigida legalmente».

Contra la presente propuesta de resolución podrán los interesados formular alegaciones que consideren oportunas y presentar los documentos e informaciones que estimen pertinentes, en el plazo de 15 días a partir del día siguiente a la publicación de esta propuesta, ante el instructor del procedimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 34/1987, de 26 de diciembre, de potestad sancionadora de la administración pública en materia de juegos de suerte, envite o azar, y en el artículo 19 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora.

A Coruña, 11 de junio de 1996.

Mª Reyes Carabel Pedreira

Delegada provincial de A Coruña

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