De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley de 26 de noviembre de 1992 (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se le notifica al denunciado con los datos personales y última dirección conocida, que con esta fecha, se formula la correspondiente propuesta de resolución en el expediente sancionador que se instruye, por infracción a la Ley de epizootias de 1952 y a sur eglamento de 1955 (modificado por el R.D. de 7 de mayo de 1976).
El denunciado dispondrá de un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta cédula para que pueda alegar cuanto considere conveniente en su defensa.
Lugo, 17 de junio de 1996.
José Ramón Molinero Senovilla
Delegado provincial de Lugo
ANEXO
Expediente: LU-271/1995.
Denunciado: Samuel Abelleira Fernández.
DNI nº: 33.665.810.
Última dirección conocida: c/ Chantada 26-2º Lugo.
Hecho denunciado: transporte de animales sin las marcas auriculares de identificación.
Precepto infringido: artículos 7 del R.D. 225/1994, 7 del Decreto 355/1994 y 26.3º de la Orden de 23 de agosto de 1995.
Precepto sancionador: artículo 224 del Rgtº. de la Ley de epizootias.
Sanción propuesta: 6.000.
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