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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 114 Martes, 11 de junio de 1996 Pág. 5.731

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

RESOLUCIÓN de 9 de mayo de 1996, de la Delegación Provincial de Lugo, de notificación de incoación del expediente sancionador de pesca fluvial P-33/1996, devuelto por el servicio de correos.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley de 26 de noviembre de 1992 (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a la persona que en el anexo se menciona que, con esta fecha he resuelto publicar el acuerdo de iniciación del procedimiento sancionador por infracción de la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial de Galicia (DOG nº 151,

del 5 de agosto de 1993), por no ser posible la notificación a través del servicio de correos.

Se nombra instructor del procedimiento a José Ángel Madarro Río, funcionario de esta delegación; pudiendo ser recusado en cualquier momento del expediente de concurrir los supuestos legales.

Los interesados dispondrán de un plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para aportar, por escrito, cuantas alegaciones, documentos, informaciones o propuestas de pruebas consideren convenientes en defensa de sus derechos.

Conforme a lo establecido en el artículo 13.2º del Reglamento de procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, de 4 de agosto de 1993, de no efectuarse alegaciones en el plazo anterior, este acuerdo de iniciación podrá ser considerado propuesta de resolución, determinándose estos efectos el importe de la sanción.

El pago voluntario pondrá fin al expediente. Para efectuarlo se deberán utilizar los impresos normalizados que serán facilitados en la Delegación Provincial de Lugo, Ronda de la Muralla, 197.

Lo que se les comunica de acuerdo con la normativa antes citada y con lo establecido en el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE nº 189, del 9 de agosto de 1993).

Lugo, 9 de mayo de 1996.

José Ramón Molinero Senovilla

Delegado provincial de Lugo

ANEXO

Expediente: P-33/1996.

Denunciado: José Luis López Rueda.

Último domicilio conocido: c/ A Coruña, 21-4º, Monforte de Lemos (Lugo).

Hechos imputados: pescar con 2 cañas en río truchero y habitado por ciprínidos en época de veda, incumpliendo la Orden de 16-2-1996 (DOG del 29-2-1996).

Precepto sancionador: 33.4º y 34.8º.

Sanción: 55.000 pesetas de multa y un año de inhabilitación para obtener la licencia de pesca.

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