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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 96 Jueves, 16 de mayo de 1996 Pág. 4.669

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES

RESOLUCIÓN de 29 de abril de 1996, de la Delegación Provincial de Lugo, del expediente sancionador S-31/1995, seguido contra Ovidio Álvarez Domínguez.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º e 61 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedemiento administrativo común de 26 de noviembre de 1992, (BOE del 27 de noviembre), se hace pública la resolución del expediente sancionador que se indica, que se sigue en esta delegación provincial de Sanidad y Servicios Sociales contra el infractor que en el anexo se señala, ya que, intentándose la notificación del mismo en el último domicilio conocido, ésta no se pudo practicar.

El correspondiente expediente figura a disposición del interesado para conocimiento íntegro y constancia del mencionado acto en las dependencias de la Delegación Provincial de Sanidad y Servicios Sociales de Lugo, con domicilio en la calle Montevideo, 9.

Esta resolución conlleva aparejada una sanción de veinte mil pesetas (20.000 ptas.) al infractor que en el anexo se señala, disponiendo de un plazo de quince días para efectuar el pago a contar desde el siguiente a la publicación de esta notificación. De no efectuarse el pago dentro de dicho plazo, se procederá, sin más trámite, a su exacción por vía de apremio.

El pago se efectuará mediante transferencia bancaria a la Xunta de Galicia, cuenta restringida de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales: recaudaciones de multas y sanciones, con número de cuenta 0182-5947-01-14017-9 de la sucursal institucional de Banco Bilbao-Vizcaya, con domicilio en Santiago de Compostela.

Lugo, 29 de abril de 1996.

Luis Abades Álvarez

Delegado provincial de Lugo

ANEXO

Expediente: S-31/1995.

Interesado y domicilio conocido: Ovidio Álvarez Domínguez, Ortigueira, 2-1º, A Coruña.

Hechos imputados: transporte sin distintivo ni homologación de: 10 kg truchas, 7 kg mejillones, 20 kg sardinas, 30 kg chicharro, 30 kg congrio, 30 kg livas, 30 kg buriquete, 20 kg fanecas.

Preceptos infringidos: Art. 35 Ley 14/1986, de 25 de abril. Art. 2.3º y 4 R.D.1945/1983, de 23 de junio.

Art. 1 Dec. 157/1985, de 11 de julio de la Xunta. Art. 3 R.D. 1437/1992, de 27 de noviembre. Art. 12 R.D. 2483/1986, de 14 de noviembre.

Sanción impuesta: 20.000 ptas.

Recurso procedente: recurso ordinario ante el conselleiro de Sanidad y Servicios Sociales en el plazo de un mes, desde la publicación de esta resolución.

9603682