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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 64 Viernes, 29 de marzo de 1996 Pág. 2.955

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE FAMILIA, MUJER Y JUVENTUD

ORDEN de 12 de febrero de 1996 por la que se convoca el VII Certamen de Música Folk de Galicia Juventud-96.

El Real Decreto 2434/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de cultura, especifica en su anexo I.B.3.h que aquella asume las competencias de promoción y organización de actividades de animación socio-cultural en el ámbito artístico, artesanal, turístico y de aire libre, dirigidas a los sectores de la juventud, infancia, tercera edad y sectores marginados.

En este marco competencial, el ámbito cultural y artístico en lo que respecta a la juventud es compartido conjuntamente por las Consellerías de Familia, Mujer y Juventud, que a través de la Dirección General de Juventud desarrolla el programa Fomento de la actividad juvenil, figurando entre sus objetivos básicos promocionar la actividad cultural y artística entre nuestra juventud, y la Consellería de Cultura, a través de su Dirección General de Cultura, que tiene entre otras funciones la de colaborar en el desarrollo del teatro, la danza, artes líricas y de la imagen, así como la promoción de las artes plásticas y populares, de acuerdo con el Decreto 2/1994, de 13 de enero y el Decreto 49/1994, de 4 de febrero, por los que, respectivamente, se establece la estructura orgánica de cada una de dichas consellerías.

Por lo expuesto, la Consellería de Familia, Mujer y Juventud, consciente de la importancia que tiene facilitar vías por las que pueda manifestarse la actividad e inquietud artística individual y colectiva de la juventud gallega, y contando con la colaboración de la Consellería de Cultura dada la naturaleza de las actividades a realizar, convoca una serie de certámenes, concursos y muestras que abarcan un amplio abanico de manifestaciones de carácter artístico y artesanal y que constituyen el programa Certámenes y Muestras Juventud-96. Por todo ello,

DISPONGO:

Artículo 1º

La Consellería de Familia, Mujer y Juventud convoca el VII certamen de Música Folk de Galicia Juventud-96, según las bases que se que se establecen en el anexo I de esta orden, donde se regulan los aspectos relativos a la participación, condiciones generales que van a regir en la respectiva convocatoria, inscripciones, desarrollo, premios y jurado.

Artículo 2º

El certamen objeto de la presente convocatoria se desarrollará a través de las delegaciones provinciales de la Consellería de Familia, Mujer y Juventud con la colaboración de las delegaciones provinciales de la Consellería de Cultura.

Artículo 3º

Las actividades que conlleven el desarrollo de este certamen serán costeadas con cargo a la aplicación presupuestaria 14.03.355B.640.1 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 1996.

Disposiciones finales

Primera.-Se faculta al director general de Juventud para dictar, en el ámbito de sus competencias, las resoluciones precisas para el desarrollo de esta orden.

Segunda.-La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 12 de febrero de 1996.

Manuela López Besteiro

Conselleira de Familia, Mujer y Juventud

ANEXO I

VII CERTAMEN DE MÚSICA FOLK DE GALICIA "JUVENTUD-96"

I. Participantes.

Todos los grupos musicales formados por jóvenes gallegos o residentes en Galicia.

II. Condiciones generales.

1. Los componentes del grupo tendrán entre 15 y 30 años cumplidos en el año 1996. Solamente podrán rebasar estas edades el 10 % de los componentes totales del grupo.

2. No podrán intervenir en este certamen grupos profesionales.

3. Se presentará una cinta casette con tres temas elegidos para el certamen, indicando los títulos, dentro

de un sobre cerrado. En el exterior deberá figurar el lema del grupo y los títulos de los temas.

4. En otro sobre cerrado se presentará el boletín de inscripción que se indica en el anexo III, junto con una fotocopia del DNI por ambas caras o de la hoja correspondiente del libro de familia de cada uno de los integrantes del grupo. En el exterior deberá figurar el lema del grupo.

5. La Dirección General de Juventud reserva para sí el derecho de editar o difundir las obras musicales que sean seleccionadas para la fase final.

III. Inscripciones.

Las solicitudes deberán formularse en el impreso de solicitud que se indica en el Anexo II, y se dirigirán al director general de Juventud.

Los grupos participantes deberán presentar las solicitudes junto con los sobres cerrados citados anteriormente en el Servicio de Juventud de la Delegación de la Consellería de Familia, Mujer y Juventud de la provincia donde residan habitualmente, que pueden ser en:

C/Ronda de Fingoi, s/n- 27002 Lugo

Avda. da Habana, 81- bajo- 32004 Ourense

C/ Durán Loriga, 9- 1º- 15003 A Coruña

C/ Benito Corbal, 47- 2º- 36001 Pontevedra

hasta el 31 de mayo de 1996.

IV. Organización.

La Delegación Provincial de la Consellería de Familia, Mujer y Juventud de Pontevedra supervisará el certamen.

V. Desarrollo.

El jurado seleccionará seis maquetas para la fase final que tendrá lugar el día 19 de julio de 1996 en la plaza de la Herrería de Pontevedra.

Se contará con la presencia de un técnico de sonido a disposición del certamen como único responsable de este, para la fase final.

VI. Premios.

1º. 100.000 ptas. y grabación de seis temas en un compact-disc.

2º. 75.000 ptas. y grabación de cuatro temas en un compact-disc.

3º. 50.000 ptas. y grabación de dos temas en un compact-disc.

Se entiende que se grabará un compact-disc con los doce temas seleccionados.

A los grupos finalistas se les entregarán 50.000 pesetas en concepto de ayudas por gastos de desplazamientos, así como un diploma que acredite su participación en este Certamen de Música Folk de Galicia.

La organización invitará a una cena de convivencia a los seis grupos finalistas el día de la fase final.

Se celebrará un Festival de Música Joven (en lugar y fecha por determinar), donde se procederá a la presentación de los compact-disc, y actuarán los tres primeros clasificados. Para dicho acto se establece una ayuda de 50.000 pesetas en concepto de gastos de desplazamiento para cada grupo.

La organización invitará a una cena de convivencia a los tres grupos participantes en dicho acto.

VII. Jurado.

Será nombrado por el director general de Juventud y por el director general de Cultura y estará compuesto por personas cualificadas en el campo de la música folk, recayendo la secretaría en un funcionario de la Delegación Provincial de la Consellería de Familia, Mujer y Juventud de Pontevedra.

La decisión del jurado será irrecurrible.

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