Advertidos errores en la redacción del apartado 1º del artículo 9 de la referida orden, publicada en el Diario Oficial de Galicia nº 51, de 12 de marzo de 1996, deberá publicarse nuevamente dicho apartado con la siguiente redacción:
1. La resolución de las ayudas, a propuesta de la comisión de valoración, y después de su fiscalización por la intervención, le corresponde a los delegados provinciales de la consellería, que deberán resolver en el plazo de 2 meses. Las solicitudes no resueltas en este plazo se tendrán por desestimadas.
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