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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 50 Lunes, 11 de marzo de 1996 Pág. 2.093

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 13 de febrero de 1996, de la Secretaría General de la Consellería de Industria y Comercio, por la que se acuerda la notificación a INCANFI, S.L., de la Resolución de 19 de septiembre de 1995, de esta secretaría general, por la que se le exigía el reintegro de la subvención indebidamente percibida, y los correspondientes intereses de demora, al amparo de lo dispuesto en el artículo 10 de la Orden de 13 de enero de 1993, reguladora de su concesión.

El secretario general de la Consellería de Industria y Comercio, con fecha 19 de septiembre de 1995, dictó resolución exigiendo el reintegro de la subvención indebidamente percibida y sus correspondientes intereses de demora a la entidad INCANFI, S.L., por un importe de 6.000.0000 de pesetas de principal y 1.000.000 de pesetas por intereses demora; todo ello al amparo de lo dispuesto en el artículo 10 de la Orden de 13 de enero de 1993, reguladora de la concesión así como en los artículos 78 y 79 de la Ley 11/1992, de 7 de octubre de régimen financiero y presupuestario de Galicia.

No habiendo sido posible la notificación de la antedicha resolución en el último domicilio conocido de la empresa, se realiza la presente, conforme prevé el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de, régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común; concediéndosele a la mencionada entidad, a partir de la publicación de esta notificación, el plazo de un mes para el reintegro de la subvención percibida en el año 1993 al amparo de la ya citada orden de esta consellería, de 13 de enero de 1993 (DOG de 11 de marzo), por la que se regularon las ayudas para la creación, mejora y acondicionamiento de talleres artesanos, por importe de seis millones (6.000.000) de pesetas de principal y un millón (1.000.000) de pesetas de intereses de demora.

Contra la presente notificación se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, después de comunicarlo a esta secretaría general, según lo previsto en el artículo 110.3º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

El reintegro del importe de la subvención y los intereses de demora más arriba señalados puede hacerse efectiva en las modalidades que más abajo se especifican, con la advertencia expresa de que de no proceder al pago en el plazo indicado, ello se pondrá en conocimiento de la Dirección General de Presupuestos y del Tesoro, para que de acuerdo con la orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 27 de diciembre de 1990 (DOG nº 27 de 7 de febrero de 1991), inicie el correspondiente expediente de reintegro.

Modalidades de pago:

Abono en cuenta corriente número 6317/2 de la Oficina Principal de Caixa Galicia, mediante ingreso (en metálico o cheque conformado) en el que se harán constar los datos del interesado, debiendo remitirse copia del resguardo de ingreso a la Secretaría Xeral de esta Consellería de Industria e Comercio (edificio administrativo nº 5 de San Caetano- Santiago de Compostela).

Santiago de Compostela, 9 de febrero de 1996.

Manuel Barreiro Barbeito

Secretario general de la Consellería de Industria y Comercio

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