El Pleno de la Corporación Municipal, en sesión ordinaria celebrada el día 18 de enero de 1996, acordó aprobar definitivamente el expediente de modificación puntual del plan parcial sector O Castriño, redactado por el arquitecto municipal Eugenio Jiménez Passolas.
La concreción de la propuesta de modificación puntual de dicho plan parcial, aprobada definitivamente, es la siguiente:
«Se modifica el artículo 29 de la normativa del plan parcial, cuyo texto será:
Artículo 29. Vivienda colectiva o multifamiliar tipo A:
Tipo de ordenación: vivenda colectiva.
Parcela mínima: 900 m
Altura máxima: 3 plantas sin aprovechamiento del bajo cubierta.
Edificabilidad: 4.700 m
Retranqueos:
A fachada: 0 m.
A lindes: 2/5 de la altura co un mínimo de 3 m.
Usos admitidos de la vivienda: garaje/aparcamiento, comercial, espectáculos, oficinas, hotelero.
En los planos de proyectos P.1, P.2 y P.3 se hacen las determinaciones gráficas precisas».
Lo que se hace público para general conocimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 del R.D.L. 1/1992, texto refundido de la Ley del suelo y artículo 8 d) de la Ley 7/1995, de 29 de junio, de delegación y distribución de competencias en materia de urbanismo.
Vilagarcía de Arousa, 30 de enero de 1996.
Joaquín J. Gago López
Alcalde
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