Visto el expediente incoado por Celso Carballo Leiro, en el que solicita el cambio de dominio mortis-causa del vivero flotante de cultivo de mejillón denominado Sito nº1, otorgado por la orden ministerial de 11-3-1964 (BOE del nº 91), situado en la cuadrícula nº 12, del polígono «H» de Cangas, finalizando la concesión el 11-3-2004 y del que era titular Celso Carballo García.
Teniendo en cuenta lo informado por el Servicio Jurídico y de Planificación y de conformidad con lo señalado en el artículo 59 de la Ley 6/1993 de 11 de mayo, de pesca de Galicia y considerando que al expediente figuran unidos el certificado de defunción, la certificación del registro de últimas voluntades, la declaración de herederos ab-intestato, la relación de bienes debidamente liquidada de impuestos y el cuaderno particional de la herencia, esta consellería tuvo a bien acceder a lo solicitado, declarando titular de la concesión administrativa y del vivero del que se trata, en las mismas condiciones que las expresamente consignadas en la orden ministerial de otorgamiento, a favor de Celso Carballo Leiro y Dolores Leiro Paz.
Los nuevos titulares se subrogan en el plazo, derechos y obligaciones del anterior, así como quedan obligados a observar las disposiciones en vigor sobre este particular.
Vigo, 25 de enero de 1996.
P.D. (Orden 27-6-1990)
Juan M. López García
Delegado territorial
0983