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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 10 Lunes, 15 de enero de 1996 Pág. 398

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO CINCO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

CÉDULA de notificación (380/1990).

María Manuela García-Jalón de la Lama, secretaria del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cinco de Santiago de Compostela, doy fe de que en el juicio de justicia gratuita número 380/1990, se dictó la sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

«En Santiago de Compostela, a treinta de octubre de 1995, Ángel Pantín Reigada, magistrado-juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción

número cinco de los de esta ciudad, ha dictado la presente resolución en el procedimiento civil incidental de justicia gratuita, sustanciada por los trámites del juicio verbal, seguido en este juzgado con el número 380/1990, y como pieza separada del procedimiento de separación de mútuo acuerdo del mismo número, en el que han actuado como parte demandante Gloria Salgado Parrado, representada por el procurador de los tribunales Manuel Davil Mosquera Fernández y asistida por el letrado Evaristo Nogueira Pol, nombrados ambos de oficio, y en el que se ha dado audiencia a José Antonio Oubiña Valcárcel y al abogado del Estado.

Fallo.-Que estimando la demanda presentada, debo declarar y declaro el derecho a la justicia gratuita de Gloria Salgado Parrado al objeto de plantear demanda de separación conyugal, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 28, 45 y 48 de la LEC, declarando de oficio las costas causadas. Contra esta resolución podrá interponerse recurso de apelación para ante la audiencia provincial en este juzgado en el plazo de cinco días desde la notificación, conforme al trámite previsto en el artículo 733 LEC.

Así, por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en la instancia, la pronuncio, mando y firmo. Doy fe».

Y para que así conste y sirva de notificación al demandado José Antonio Oubiña Valcárcel, en paradero desconocido, expido y firmo la presente cédula en Santiago de Compostela a cinco de diciembre de mil novecientos noventa y cinco.

Rubricado

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