En este juzgado se siguen autos de juicio ejecutivo, número 202/1995, seguidos a instancia de Banco Pastor, S.A. representado por el procurador Regueiro Muñoz contra Consuelo Guerra Andrades, Manuel Castro Barreiro, Josefina Fernández Guerra, Manuel Fernández Guerra y Dolores Seoane Maroño, en los que se ha acordado la siguiente resolución:
Hallándose los codemandados Manuel Fernández Guerra y Dolores Seoane Maroño en paradero desconocido, se procede conforme a lo dispuesto en los artículos 1444 y 1460 de la L.E.C. a la citación y requerimiento de embargo, sin previo requerimiento de pago a los deudores arriba mencionados.
Se le concede el término de nueve días para qwue se personen en autos y se opongan a la ejecución si le conviniere.
Por la parte actora se designa el embargo de los siguientes bienes de la propiedad de los demandados:
-Casa compuesta de planta baja y piso, con terreno unido a labradío llamado terreo da casa do cura, con una superficie de 120 metros cuadrados por planta y el total de la finca de 98 áreas y 27 centiáreas,
en la parroquia de Lardeiros, municipio de O Pino. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Arzua, al tomo 472, libro 62, folio 117, finca número 8.317.
Y para que sirva de citación de remate y diligencia de embargo a los demandados en paradero desconocido, Manuel Fernández Guerra y Dolores Seoane Maroño, expido el presente edicto en Arzúa, a veintidós de noviembre de mil novecientos noventa y cinco.
El magistrado-juez
Rubricado
9508082