En virtud de lo acordado en resolución del día de la fecha dictada en el juicio de cognición 485/1995, que se sigue en este juzgado a instancia de Iberia Cía Anónima de Seguros Generales, S.A., representado por el procurador Barreiro Fernández, contra Impermeabilizaciones Tajes, S.L. y otros, por medio de la presente cédula se emplaza a los desconocidos e inciertos trabajadores de Impermeabilizaciones Tajes, S.L. que pudieran verse afectados por el fallo de la sentencia, para que dentro del plazo de nueve días, comparezcan en autos y contesten la demanda, con la prevención que, de no hacerlo, serán declarados en rebeldía y se dará por contestada la demanda, notificándole dicha resolución y las demás que se diceten en los estrados del juzgado.
Y para su inserción en el tablón de anuncios de este juzgado y en el Diario Oficial de Galicia, libro la presente cédula en Santiago de Compostela a 14 de noviembre de 1995.
El secretario
Rubricado
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