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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 5 Lunes, 08 de enero de 1996 Pág. 211

III. OTRAS DISPOSICIONES

ESCUELA GALLEGA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

RESOLUCIÓN de 18 de diciembre de 1995 por la que se convocan conjuntamente cursos de gestión de personal y el II curso superior de gestión medio ambiental.

De acuerdo con el plan de actividades de esta escuela para el año 1996, se convocan los siguientes cursos que se regirán por estas bases:

I. Cursos de gestión de personal para los grupos C y D de la Administración autonómica de Galicia.

Conforme a las funciones atribuidas por la Ley 4/1987, de 27 de mayo, de creación de la escuela, y por la Ley 10/1989, de 10 de julio, de modificación de la anterior, se anuncia la convocatoria de los cursos que figuran en el anexo I, que deberán desarrollarse conforme a las siguientes bases:

Primera.-Solicitudes.

1. El personal que desee participar en estos cursos deberá presentar, cubierta en todos los epígrafes que les corresponda, la instancia y currículum según el modelo del anexo II.

2. La falsedad o ocultación de datos esenciales para la selección de los aspirantes dará lugar a la exclusión automática del curso y a la imposibilidad de participar en ningún otro curso en este año.

3. El plazo de presentación de instancias será el que se señala para cada curso en el anexo I.

4. La correspondiente documentación se dirigirá a la EGAP, calle de Madrid, nº 2-4 (polígono de As Fontiñas), 15703 Santiago de Compostela, y se presentará en el registro de la EGAP, de las delegaciones provinciales de la Consellería de Presidencia y Administración Pública o en cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Segunda.-Acceso a las actividades.

1. Podrá participar el personal que cumpla los requisitos específicos exigidos para cada curso. En los cursos que se celebran en distintas localidades tendrá preferencia el personal de los servicios respectivos.

2. La lista de los seleccionados se publicará en el tablón de anuncios de la EGAP.

Tercera.-Certificaciones de participación.

1. Es obligatoria la asistencia a todas las sesiones de los cursos. Toda inasistencia a clase deberá ser justificada debidamente por el interesado, sin sobrepasar el 15% de las horas lectivas programadas para el curso, una inasistencia superior al 20%, aún que sea justificada, impedirá la expedición del certificado.

2. Para conocimiento y constancia en su expediente, el interesado deberá facilitarles una copia a los servicios de personal de su centro directivo.

Cuarta.-Modificaciones.

La EGAP podrá modificar el desarrollo y los contenidos de los cursos anunciados para adaptarlos a las necesidades de la Administración y a las contingencias que puedan surgir.

ANEXO I

Cursos de gestión de personal para los grupos C y D de la Administración autonómica de Galicia.

Primera.-Objetivos.

Proporcionar unos conocimientos básicos en materia de gestión de personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Segunda.-Destinatarios.

Personal de Administración de los grupos C y D de la Administración autonómica. Tendrá preferencia el personal que esté desempeñando puestos de trabajo que tengan relación con el contenido del curso; circunstancia que deberá acreditarse mediante certificación del jefe del centro directivo correspondiente.

Tercera.-Criterios de selección.

Los criterios selectivos a tener en cuenta serán los que se hacen públicos en el apartado A) del anexo a la Resolución de 27-6-1994 (DOG nº 149, del 3-8).

Cuarta.-Desarrollo:

4.1. Duración: 24 horas.

4.2. Horarios: de 17 a 20 horas.

4.3. Plazas: 25.

4.4. Lugares, fechas y fin del plazo de presentación de instancias.

LugaresFechasFin del plazo

Ferrol5, 6, 7, 12, 13, 14, 19 y 20 de febrero22-1-1996

Pontevedra26, 27, 28 de febrero; 4, 5, 6, 11 y 12 de marzo 22-1-1996

Santiago18, 19, 20, 25, 26, 27 de marzo; 1 y 2 de abril22-1-1996

Lugo8, 9, 10, 15, 16, 17, 22 y 23 de abril26-2-1996

Ourense17, 18, 19, 24, 25, 26 de junio; 1 e 2 de julio6-5-1996

Vigo23, 24, 25, 30 de septiembre; 1, 2, 7, 8 de octubre3-6-1996

A Coruña25, 26, 27 de noviembre; 2, 3, 4, 9 y 10 de diciembre3-6-1996

Quinta.-Contenido básico.

Introducción. El personal al servicio de las administraciones públicas. La gestión de los diferentes tipos de personal al servicio de la Administración de la Comunidad autónoma de Galicia.

II. II Curso superior de gestión medio ambiental.

Conforme a los fines que le asigna a este centro la normativa que lo regula (Ley 4/1987, de 27 de mayo, Ley 10/1989, de 10 de julio, y Decreto 306/1990, de 24 de mayo), la Escuela Gallega de Administración Pública convoca el II curso superior de gestión medio ambiental.

El objetivo de esta actividad es formar a los alumnos, tanto en la teoría como de forma práctica y multidisciplinar, en el diseño, desarrollo, evaluación e implementación de estrategias y políticas de gestión en materia de prevención, conservación y mejora del medio ambiente. Se trata además de formar expertos, desde la óptica de cualquiera de las administraciones públicas, en políticas ambientales, sin olvidar los aspectos que puedan ser de importancia para los profesionales liberales, directivos o gestores ambientales de empresa, bien del sector público o del privado.

El curso convocado va dirigido a funcionarios de carrera de los grupos A y B, que estén en posesión del título de licenciado, arquitecto o ingeniero superior, o de diplomado, arquitecto o ingeniero técnico, pertenecientes a la Xunta de Galicia o a la Administración local gallega, así como el personal laboral de una u otra Administración, de los grupos I y II, que se encuentren en posesión de cualquiera de los títulos anteriormente citados.

A los efectos de lo establecido en la Resolución de 26 de octubre de 1994, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se establecen los criterios de reconocimiento y valoración de los cursos de Administración local en cumplimiento de lo establecido en la orden del Ministerio para las Administraciones Públicas de 10 de agosto de 1994, este curso se valora con dos puntos para aquellos alumnos admitidos, comprendidos dentro del ámbito de aplicación de la citada normativa.

Siempre que existan plazas disponibles, por no cubrirse las convocadas entre el personal al que se refiere el párrafo 1 anterior, también podrán optar a la obtención del certificado de aprovechamiento, profesionales liberales que dispongan del título de licenciado, arquitecto o ingeniero superior, o el de diplomado, o bien el de arquitecto técnico o ingeniero técnico.

El número de plazas es limitado.

El curso tendrá lugar en la Escuela Gallega de Administración Pública, sita en Polígono de As Fontiñas, calle de Madrid, s/n, de Santiago de Compostela, y comenzará el 20 de febrero de 1996 y finalizará el día 27 de junio del mismo año. Su duración será de 140 horas, que se distribuirán a razón de 8 horas por semana, los martes y jueves, desde las 16.30 a las 20.30 horas.

Si por motivos organizativos o de otra naturaleza hubiese necesidad de alterar las fechas señaladas, esta circunstancia será notificada a los alumnos admitidos.

Para la superación de este curso y obtener el aludido certificado de aprovechamiento, cada alumno deberá presentar un trabajo sobre una materia, que deberá ser aprobada previamente por el director de esta actividad, y que tendrá relación con la temática de la actividad convocada.

La extensión mínima del trabajo será de 20 folios, excluidas citas y bibliografía, con un número de líneas por folio no inferior a 27, a doble espacio.

El plazo de entrega del trabajo se fijará durante la realización del curso y se comunicará a los alumnos con tiempo.

La aprobación del repetido curso queda también supeditada a que los alumnos acudan con regularidad al mismo y no tengan una inasistencia igual o superior a 21 horas, equivalentes al 15% de las horas programadas. De superar este límite, sea cual sea la causa, quedarán eliminados del curso con pérdida de todos los derechos.

Los derechos de inscripción se fijan en las siguientes cuantías, según estos casos:

1. Doscientas mil pesetas (200.000 ptas.), para todos aquellos solicitantes que pertenezcan a las administraciones autonómica y local gallegas y que en el desempeño de su trabajo habitual realicen tareas que estén vinculadas con el urbanismo o medio ambiente. Esta circunstancia se acreditará mediante certificación expedida por los secretarios generales, respectivamente, de la consellería, delegación, ayuntamiento o de la diputación.

El importe anterior podrán hacerlo efectivo los interesados de una sola vez, o en cuatro plazos, de 50.000 pesetas cada uno, de acuerdo con la siguiente modalidad:

-El primer plazo deberá ingresarse en el momento de formalizarse la inscripción.

-El segundo se hará efectivo antes del uno de abril de 1996.

-El tercero se abonará antes del día uno de mayo de 1996.

-El cuarto se satisfará antes del día uno de junio de 1996.

2. Trescientas mil pesetas (300.000 ptas.), para el resto de los solicitantes integrados en las administraciones autonómica o local gallegas, que no reúnan el requisito precedente.

La cuantía consignada podrá hacerse efectiva de una sola vez, o en cuatro plazos, de 75.000 pesetas cada uno, de acuerdo a la siguiente modalidad:

-El primero plazo deberá ingresarse en el momento de formalizarse la inscripción.

-El segundo se hará efectivo antes del uno de abril de 1996.

-El tercero se abonará antes del día uno de mayo de 1996.

-El cuarto se satisfará antes del día uno de junio de 1996.

3. Cuatrocientas mil pesetas (400.000 ptas.), para los demás peticionarios que no tengan la condición de personal al servicio de ninguna de las administraciones públicas anteriormente citadas.

El antedicho importe podrá ingresarse de una sola vez, o en cuatro plazos, de 100.000 pesetas cada uno, de acuerdo con la forma que se determina a continuación:

-El primer plazo deberá ingresarse en el momento de formalizar la inscripción.

-El segundo se hará efectivo antes del uno de abril de 1996.

-El tercero se abonará antes del día uno de mayo de 1996.

-El cuarto se satisfará antes del día uno de junio de 1996.

Los derechos de inscripción anteriormente señalados podrán hacerse efectivos, mediante cheque nominativo o transferencia, a la cuenta corriente de la EGAP de la Caixa de Galicia en la oficina de organismos de Santiago de Compostela, cuenta restringida nº 2091-03883110000520.

Las cantidades satisfechas, en el momento de formalizar la solicitud, por los peticionarios que no sean admitidos, serán reintegradas por la EGAP en la cuenta corriente indicada por los interesados.

La expedición del certificado de aprovechamiento queda supeditado, además de los requisitos de orden académico, al pago completo de los derechos de inscripción.

Para la participación en este curso se abre un plazo de inscripción, que finalizará el 5 de febrero de 1996, para que las personas que figuran como destinatarios de este curso puedan formalizarla, según el modelo que figura en el final de esta resolución, adjuntando al boletín de inscripción los siguientes documentos:

a) Si el peticionario es funcionario:

-Certificado de encontrarse en situación de servicio activo o de servicios especiales en la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia o de la Administración local gallega.

Este certificado deberá expedirlo, según los casos, el secretario general de la respectiva consellería, delegación, ayuntamiento municipal o de la diputación.

-Si el solicitante, en su trabajo habitual, realiza tareas que estén vinculadas con el urbanismo o el medio ambiente, certificado extendido por las personas señaladas en el párrafo que antecede, en el que se signifique expresamente este extremo.

-Certificado en el que se indique explícitamente que el interesado es funcionario de carrera del grupo A o B. Este documento deberá ser extendido por los mismos funcionarios citados en el párrafo anterior.

-Original o copia debidamente compulsada de estar en posesión del título de licenciado, arquitecto o ingeniero superior, o de diplomado, arquitecto o ingeniero técnico.

-Expediente académico detallado, con las calificaciones obtenidas en cada materia, o currículum vitae.

-Cheque nominativo o justificante de transferencia por la totalidad del importe de los derechos de inscripción, o bien, por el primer plazo.

-Dos fotos tamaño carnet.

b) Si el peticionario es personal laboral:

-Certificado de pertenecer a la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia o a la de la Administración local gallega.

-Certificado en el que se haga constar expresamente que el interesado pertenece al grupo I o II.

Los dos anteriores documentos deberán ser extendidos, segundo los casos, por el secretario general de la respectiva consellería, delegación, ayuntamiento o de la diputación.

-Original o copia debidamente compulsada de estar en posesión del título de licenciado, arquitecto o ingeniero superior, o de diplomado, arquitecto o ingeniero técnico.

-Expediente académico detallado, con las calificaciones obtenidas en cada materia, o currículum vitae.

-Cheque nominativo o justificante de transferencia por la totalidad del importe de los derechos de inscripción, o bien, por el primer plazo.

-Dos fotos tamaño carnet.

c) Para los restantes peticionarios:

-Original o copia debidamente compulsada de estar en posesión del título de licenciado, arquitecto o ingeniero superior, o de diplomado, arquitecto o ingeniero técnico.

-Expediente académico detallado, con las calificaciones obtenidas en cada materia, o currículum vitae.

-Cheque nominativo o justificante de transferencia por la totalidad del importe de los derechos de inscripción, o bien, por el primer plazo.

-Dos fotos tamaño carnet.

Finalizado el plazo anterior, se reunirá una comisión de selección para elegir, entre los solicitantes, aquellos que participarán como alumnos en este I curso superior.

Si los solicitantes son funcionarios o personal laboral, los criterios selectivos para la admisión en este curso serán, por este orden, los siguientes:

1. Que exista una relación directa entre las tareas que realiza el interesado en el desempeño de su puesto de trabajo y la materia objeto de este curso.

2. Haber realizado, durante los últimos cinco años, un menor número de cursos relacionados con contenidos temáticos similares al que ahora se convoca.

3. La antigüedad, y como tal se entenderá la fecha de ingreso del interesado en la Administración pública.

De quedar plazas vacías, después de hecha la selección entre el personal funcionario o laboral de cualquiera de las administraciones públicas gallegas indicadas anteriormente, el criterio selectivo de los restantes peticionarios, en los que no concurra la mencionada condición, será como se expresa a continuación:

-Gozarán de preferencia aquellos solicitantes que documentalmente acrediten que su actividad profesional mantiene relación con la materia del curso y podrán demostrar, a través de su currículum, una constatada experiencia en este campo (por ejemplo, publicaciones, cursos de especialización, trabajos de investigación, etc. vinculados con la materia expresada).

Toda la documentación que entreguen los solicitantes, que no sea original, tendrá que estar debidamente compulsada.

En cualquier caso esta convocatoria se regirá por los criterios de participación en las actividades docentes de la Escuela Gallega de Administración Pública, publicados en el DOG nº 149, del 3 de agosto de 1994.

La efectividad de esta convocatoria y del coste que se proyecta queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente.

Santiago de Compostela, 18 de diciembre de 1995.

Xaime Rodríguez-Arana Muñoz

Director de la Escuela Gallega de Administración Pública

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