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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 233 Martes, 05 de diciembre de 1995 Pág. 9.223

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE AMES

ANUNCIO.

Bases de la convocatoria para la contratación del personal laboral incluido en la oferta pública de empleo de este ayuntamiento para el año 1995 para la provisión, mediante el procedimiento de concurso oposición, de las siguientes plazas:

1.-Un jardinero.

2.-Dos electricistas.

3.-Un albañil especialista.

4.-Dos peones de mantenimiento.

Bases.

Primera.-Objeto de la convocatoria.

El objeto de esta convocatoria es la contratación laboral fija de las plazas anteriormente reseñadas, mediante el procedimiento de concurso oposición; de conformidad a lo establecido en la Ley 30/1984, de

2 de agosto; Ley 7/1985, de 2 de abril; Real decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril; Real decreto 896/1991, de 7 de junio; Real decreto 384/1995, de 10 de marzo, y demás disposiciones de aplicación.

Se declara expresamente que los tribunales de selección, que se designen para juzgar los distintos procesos selectivos, no podrán aprobar un número superior de aspirantes al número de las plazas convocadas.

Segunda.

Dadas las características de las funciones a realizar en cada una de las plazas a convocar, se adopta el sistema de concurso oposición para cubrirlas.

Tercera.-Condiciones de los aspirantes.

Para tomar parte en las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los requisitos señalados en cada caso y referidos a la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes y, en todo caso, los siguientes:

a) Ser de nacionalidad española.

b) Tener cumplidos 18 años.

c) No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo a que opta.

d) Para todas las plazas es necesario estar en posesión del certificado de escolaridad.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones públicas.

f) No incurrir en causa de incompatibilidad o de incapacidad, conforme a la normativa vigente, referida a la fecha de la formalización del contrato.

g) Los requisitos especiales que se exijan en cada una de las convocatorias específicas.

Cuarta.-Solicitudes.

Las solicitudes para participar en los procesos selectivos se ajustarán al modelo oficial aprobado por la corporación que consta en el anexo I, y deberá presentarse en el plazo de 20 días naturales a partir del siguiente al de publicación de la convocatoria en el BOE, en el registro general del ayuntamiento, así como en la forma que establece el Art. 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Para ser admitidos y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes, bastará con que los aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación.

A la instancia se acompañará asimismo el justificante de haber ingresado en la Tesorería Municipal la cantidad de 2.000 ptas. en concepto de derechos de examen.

Quinta.-Relación de admitidos.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, por la alcaldía se dictará resolución aprobando la lista

provisional de admitidos y excluidos, que será hecha pública en el BOP y en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial, concediéndose un plazo de diez días para:

a) Aportar la relación de méritos que se aleguen y los documentos acreditativos de los mismos, mediante certificación expedida por las entidades, organismos o empresas donde prestaron los servicios a que se refiere el anexo II, y que dichos servicios los han prestado a plena satisfacción de los mismos.

b) Presentación de reclamaciones o subsanación de errores, en los términos del artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Sexta.-Tribunales.

El tribunal que ha de juzgar las pruebas estará constituido de acuerdo con el Real decreto 364/1995, de 10 de marzo de 1995, siendo sus componentes los siguientes:

Presidente: el alcalde presidente de la corporación o miembro de la misma en el que delegue.

Secretario: el de la corporación o funcionario de la misma en quien delegue.

Vocales: un funcionario de carrera representante de la Comunidad Autónoma de Galicia, designado por la Consellería de la Presidencia y Administración Pública.

Un funcionario de carrera nombrado por la alcaldía.

Un representante del personal laboral al servicio del municipio convocante.

La designación de los miembros titulares del tri banal, incluirá la de sus respectivos suplentes.

La composición del tribunal se hará pública en el BOP, y contra los nombrados podrán los aspirantes hacer uso del derecho de recusación cuando concurran las circunstancias determinadas en la ley.

El tribunal no podrá constituirse sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes.

Séptima.-Proceso de selección.

Se desarrollará en dos fases:

a) Concurso.-En esta fase se calificará por los tribunales los méritos a que se refiere el anexo II de estas bases, aplicándose la valoración establecida en el correspondiente baremo en base a la documentación aportada por los aspirantes, no siendo valorados los méritos que no estén debidamente justificados.

La calificación de esta fase deberá estar concluida antes de la celebración de la fase oposición.

b) Oposición.-En esta fase se realizarán los ejercicios que para cada plaza se especifican en el anexo III de estas bases.

La calificación se efectuará sumando las puntuaciones de cada uno de los miembros del tribunal, de 0 a 10 puntos y dividiendo el total por el número

de los miembros asistentes, quedando eliminados los aspirantes que no alcancen el mínimo de 5 puntos.

Para la realización de los ejercicios de la fase de oposición, los aspirantes serán convocados en llamamiento único siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el tribunal calificador.

El orden de actuación de los aspirantes en las pruebas que no puedan celebrarse conjuntamente, se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra que resulte obtenida en el sorteo público que al efecto se realice y que será anunciado en el BOP.

Comenzadas las distintas pruebas, la publicación de los anuncios de celebración de las mismas se hará en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial.

Octava.-Relación de aprobados y presentación de documentación.

Concluida la calificación de los aspirantes, el tribunal publicará en el tablón de anuncios del ayuntamiento la relación de aprobados por el orden de puntuación de cada una de las categorías, y a continuación elevará propuesta de contratación a favor del o los que hayan obtenido la mayor puntuación en cada uno de los procesos selectivos para las plazas convocadas.

Los aspirantes que hayan superado las pruebas y hayan obtenido plaza presentarán en la secretaría del ayuntamiento, en el plazo de 20 días naturales desde la publicación del resultado del concurso oposición, la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previstos en la base tercera.

Si dentro del plazo citado (salvo por causa de fuerza mayor) alguno de los aspirantes propuestos no presentara su documentación o no acreditara reunir los requisitos exigidos, no podrá procederse a su nombramiento, quedando anuladas todas las actuaciones respecto al mismo, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir en falsedad.

Novena.-Formalización del contrato.

Tendrá lugar en el plazo de diez días a partir de la fecha de notificación del decreto de nombramiento adoptado por la alcaldía.

El personal contratado quedará sometido a un período de prueba a tenor de lo establecido en el artículo 14 del Estatuto de los trabajadores, transcurrido el cual con resultado favorable, adquirirá la condición de personal laboral fijo en el ayuntamiento.

Décima.-Incidencias.

El tribunal calificadar queda autorizado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en estas bases.

Undécima.-Norma final.

La presente convocatoria, sus bases y todos los actos administrativos que de ellas se deriven podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en

la forma dispuestos por la Ley de régimen jurídico y procedimiento administrativo.

Ames, 25 de septiembre de 1995.

El alcalde

Rubricado

ANEXO I

Alcalde/presidente del Ayuntamiento de Ames (A Coruña).

Don/Doña... de... años de edad, con domicilio en.... calle..., nº..., CP... Teléfono... y DNI nº..., ante V.S. comparece y como mejor proceda expone:

Que deseo ser admitido/a a las pruebas para el acceso a una plaza de..., cuya convocatoria ha sido anunciada en el BOP nº... de fecha...

Que reúno todas y cada una de las condiciones exigidas; referidas a la finalización del plazo señalado para la presentación de la instancia, en las bases que declaro conocer.

Que he satisfecho los derechos de examen y según acredito con la carta de pago adjunto.

Por lo expuesto,

Suplico a V.S., ser admitido/a para la práctica de las pruebas selectivas correspondientes.

En... a... de... de 199...

ANEXO II

1.-Por servicios prestados en la Administración local del Municipio de Ames en puntos de trabajo para los que se exigiera la misma titulación: 0,20 puntos por mes trabajado y referidos a los dos años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes para este concurso oposición.

2.-Por servicios prestados a la Administración municipal, en otros municipios y en puestos de trabajo en que se exigiese la misma titulación: 0,10 puntos por mes trabajado y referidos a los dos últimos años anteriores a la fecha en que finalice el plazo para la presentación de solicitudes.

3.-Por posesión de alguno de los carnets de conducir de las clases A1, A1 o B1: 2 puntos.

3.-Por posesión de otra clase de carnet de conducir: 0,5 puntos, por cada uno de ellos.

ANEXO III

Fase de oposición: consistirá en la realización de dos casos prácticos, a realizar en el plazo máximo de treinta minutos, relacionados con los temas propios del puesto de trabajo a que opta y que serán determinados por el tribunal inmediatamente antes del comienzo de los ejercicios.

Ames, 25 de septiembre de 1995.

El alcalde

Rubricado