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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 231 Viernes, 01 de diciembre de 1995 Pág. 9.150

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 2 de noviembre de 1995, de la Dirección General de Justicia e Interior, por la que se hacen públicas las resoluciones de los expedientes sancionadores GA-83-3/1993 y otros.

Expediente sancionador: GA-83-3/1993.

Intentada la notificación directa al interesado de la resolución dictada por la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, en el expediente de referencia, y al no poder efectuarse ésta, resolví, al amparo de lo previsto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, disponer la publicación en el Diario Oficial de Galicia de la seguinte:

RESOLUCION:

Sancionar a la empresa operadora Automáticos Galicia Sur, S.L., solidariamente con su gerente/apoderado Fernando Gabián Rosendo, con multa de cien mil una pesetas (100.001 pts.), por la comisión de una infracción grave de las previstas en el artículo 29. «i» de la Ley 14/1985, modificada por Ley 7/1991, y sancionable a través de los Arts. 31 y 32 de la Ley 14/1985, por tener una máquina tipo «B», careciendo de la documentación exigida por la legislación vigente.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en la forma prevista en los arts. 57 y 58 de la Ley de 27 de diciembre de 1956, de lo contencioso-administrativo, y en el Art. 110 de la Ley 30/1992 de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Se le comunica al interesado que tiene un plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación de esta resolución, para efectuar el pago de ella en período voluntario en la cuenta restringida de recaudación a favor del Tesoro de la Hacienda gallega, de multas y sanciones, nº 311.400.605 de la Caja de Ahorros de Galicia, oficina principal de Ourense. De no efectuar el pago dentro del plazo establecido se procederá a su ejecución por vía de apremio.

Expediente sancionador: P-12/1994.

Intentada la notificación directa al interesado de la resolución dictada por la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, en el expediente de referencia, y al no poder efectuarse ésta, resolví, al amparo de lo previsto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común,

disponer la publicación en el Diario Oficial de Galicia de la seguinte:

RESOLUCION:

Sancionar a la empresa operadora Recreativos Almón, S.L., solidariamente con su gerente/apoderado Miguel Regueiro Hermida, con multa de cien mil una pesetas (100.001 ptas.), por la comisión de una infracción grave de las previstas en el artículo 29.«i» de la Ley 14/1985, modificada por Ley 7/1991, y sancionable a través de los Arts. 31 y 32 de la Ley 14/1985, por tener instalada y en explotación en el local bar Amalia, situado en la calle Moledo, 91 de Vigo (Pontevedra), una máquina tipo «B» sin tener colocada en la misma, ni en el local, el distintivo del pago de la tasa fiscal de juego correspondiente al primer trimestre del año 1994.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en la forma prevista en los Arts. 57 y 58 de la Ley de 27 de diciembre de 1956, de lo contencioso-administrativo, y en el Art. 110 de la Ley 30/1992 de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Se le comunica al interesado que tiene un plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación de esta resolución, para efectuar el pago de ella en período voluntario en la cuenta restringida de recaudación a favor del Tesoro de la Hacienda gallega, de multas y sanciones, nº 311.500.6/0 de la Caja de Ahorros de Galicia, oficina principal de Pontevedra. De no efectuar el pago dentro del plazo establecido se procederá a su ejecución por vía de apremio.

Expediente sancionador: P-13/1994.

Intentada la notificación directa al interesado de la resolución dictada por la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, en el expediente de referencia, y al no poder efectuarse ésta, resolví, al amparo de lo previsto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, disponer la publicación en el Diario Oficial de Galicia de la seguinte:

RESOLUCION:

Sancionar a la empresa operadora Recreativos Almón, S.L., solidariamente con su gerente/apoderado Miguel Regueiro Hermida, con multa de cien mil una pesetas (100.001 ptas.), por la comisión de una infracción grave de las previstas en el artículo 29.«i» de la Ley 14/1985, modificada por Ley 7/1991, y sancionable a través de los Arts. 31 y 32 de la Ley 14/1985, por tener instalada y en explotación en el local bar O Xerriño, situado en la calle León, nº 4 de Vigo (Pontevedra), una máquina tipo «B» sin tener colocada en la misma ni en el local el distintivo del

pago de la tasa fiscal de juego correspondiente al primer trimestre del año 1994.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en la forma prevista en los Arts. 57 y 58 de la Ley de 27 de diciembre de 1956, de lo contencioso-administrativo, y en el Art. 110 de la Ley 30/1992 de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Se le comunica al interesado que tiene un plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación de esta resolución, para efectuar el pago de ella, en período voluntario en la cuenta restringida de recaudación a favor del Tesoro de la Hacienda gallega, de multas y sanciones, nº 311.500.6/0 de la Caja de Ahorros de Galicia, oficina principal de Pontevedra. De no efectuar el pago dentro del plazo establecido se procederá a su ejecución, por vía de apremio.

Expediente sancionador: P-4/1994.

Intentada la notificación directa al interesado de la resolución dictada por la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, en el expediente de referencia, y al no poder efectuarse ésta, resolví, al amparo de lo previsto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, disponer la publicación en el Diario Oficial de Galicia de la seguinte:

RESOLUCION:

Sancionar al titular del establecimiento bar Juventud, María del Pilar Gil Iglesias, con multa de diez mil pesetas (10.000 ptas.), por la comisión de una infracción grave de las previstas en el artículo 29.«i» de la Ley 14/1985, modificada por Ley 7/1991, y sancionable a través de los Arts. 31 y 32 de la Ley 14/1985, por tener instalada y en explotación una máquina tipo «B», sin tener colocada en la misma ni en posesión del dueño del local el boletín de instalación.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en la forma prevista en los arts. 57 y 58 de la Ley de 27 de diciembre de 1956, de lo contencioso-administrativo, y en el Art. 110 de la Ley 30/1992 de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Se le comunica al interesado que tiene un plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación de esta resolución, para efectuar el pago de ella en período voluntario en la cuenta restringida de recaudación a favor del Tesoro de la Hacienda gallega, de multas y sanciones, nº

311.500.6/0 de la Caja de Ahorros de Galicia, oficina principal de Pontevedra. De no efectuar el pago dentro del plazo establecido se procederá a su ejecución por vía de apremio.

Santiago de Compostela, 2 de noviembre de 1995.

Joaquín Macías Sánchez

Director general de Justicia e Interior

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