De conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, así como en el Real decreto legislativo 1/1992, de 26 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre el régimen del suelo y ordenación urbana (artículos 124.1º y 131), se publica la resolución dictada por el conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda de la Xunta de Galicia, de 21 de julio de 1995, por la que se resuelve el recurso ordinario nº 1197/1993 interpuesto por el alcalde-presidente del Ayuntamiento de Vilagarcía de Arousa contra el acuerdo de la Comisión Provincial de Urbanismo de 25 de enero de 1993 por la que se denegó la aprobación definitiva de la modificación puntual nº 9 del Plan General de Ordenación Urbana, de la que su parte dispositiva dice:
«Estimar el recurso ordinario nº 1197/1993 interpuesto por el alcalde-presidente del Ayuntamiento de Vilagarcía de Arousa, contra el acuerdo de la Comisión Provincial de Urbanismo de Pontevedra, de fecha 25 de enero de 1993, por el que se denegó la aprobación definitiva del proyecto de modificación puntual nº 9 del Plan General de Ordenación Urbana de Vilagarcía de Arousa, que en consecuencia se revoca, otorgándose la aprobación definitiva del referido proyecto en los términos en que había sido aprobado provisionalmente por el Ayuntamiento de Vilagarcía de Arousa en sesión plenaria celebrada el día 12 de agosto de 1992, excepto en lo que se refiere a la modificación de la zonificación y ordenación pormenorizada de los terrenos incluidos dentro del ámbito del PERI que corresponderá determinar al propio plan especial.
Contra esta resolución que se trasncribe definitiva en vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, significándole que debe comunicar previamente a esta consellería dicha interposición conforme al artículo 110.3º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común».
Los interesados podrán comparecer en las oficinas de la Secretaría General de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, sita en los
edificios administrativos de San Caetano, Santiago de Compostela.
Santiago de Compostela, 13 de noviembre de 1995.
José Antonio Fernández Vázquez
Secretario general de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda
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