Con fecha 25 de octubre de 1995, el Comité Gallego de Disciplina Deportiva recibe de la sección primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia providencia por la que se admite el recurso contencioso-administrativo nº 01/0001731/1995 interpuesto por el recurrente contra resolución del recurso nº 318 del Comité Gallego de Disciplina Deportiva de 28 de julio de 1995 sobre alineación indebida de un jugador.
En consecuencia, esta Secretaría General para el Deporte acordó en esta fecha, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa modificada por la Ley 10/1992, de 30 de abril, la remisión del expediente administrativo a la referida sala, lo que se les notifica para general conocimiento a todas las personas interesadas en el procedimiento y son emplazadas para que puedan comparecer como parte en autos en la sección primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de nueve días.
Santiago de Compostela, 25 de octubre de 1995.
Dositeo Rodríguez Rodríguez
Conselleiro de la Presidencia y Administración Pública
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