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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 187 Jueves, 28 de septiembre de 1995 Pág. 7.296

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO CINCO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

EDICTO (27/1993).

María Manuela García-Jalón de la Lama, secretaria del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cinco de Santiago de Compostela, doy fe que en el juicio ejecutivo que se sigue en este juzgado con el número 27/1993, se dictó la sentencia, cuyo encabezado y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

«Sentencia. En Santiago de Compostela a dieciocho de julio de mil novecientos noventa y cuatro. Ángel Pantín Reigada, magistrado-juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cinco de los de esta ciudad ha dictado la presente resolución en el procedimiento civil de juicio ejecutivo seguido en este juzgado con el número 27/1993 en el que han actuado como demandante Banco Popular Español, S.A., con domicilio en Madrid, representado por el procurador de los tribunales Narciso Caamaño Quei

jo y asistido por el letrado Gaspar González Peinado y como demandados Áridos Couso da Limia, S.A., no hallada en el domicilio señalado en la demanda en O Carballiño, José Luis Fernández Gutiérrez, no hallado en el domicilio señalado en la demanda en Santiago de Compostela, María José Sanchidrián Peregil, vecina de Xinzo de Limia (Ourense) y declarada en rebeldía, y José Luis Merelles Díaz, vecino de Xinzo de Limia (Ourense), representado por el procurador de los tribunales Paz Montero y defendido por el letrado Alberto Torreiro Santiso.

Fallo que mando seguir adelante la ejecución despachada contra los bienes de los demandados Áridos Couso da Limia, S.A., José Luis Fernández Gutiérrez, María José Sanchidrián Peregil y José Luis Merelles Díaz hasta hacer trance y remate de los bienes embargados y con su producto entero y cumplido pago a la entidad actora de la cantidad de 8.549.533 ptas. de principal, más los intereses moratorios pactados, gastos y costas que se imponen expresamente, calculándose, sin perjuicio de ulterior liquidación, para intereses, costas y gastos la suma de 3.500.000 ptas.

Contra esta resolución podrá interponerse recurso de apelación, para ante la audiencia provincial en este juzgado por el plazo de cinco días desde la notificación.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo. Firmado. Rubricado».

Y para que conste y sirva de notificación al demandada rebelde María José Sanchidrián Peregil, expido y firmo el presente edicto en Santiago de Compostela a uno de septiembre de mil novecientos noventa y cinco.

La secretaria

Rubricado

9506108