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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 157 Jueves, 17 de agosto de 1995 Pág. 6.485

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

CÉDULA de 19 de julio de 1995, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se notifica la propuesta de resolución de expediente sancionador (P-11/95 y tres más) (pesca-Pontevedra).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en el anexo se mencionan la propuesta de resolución por infracción a la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial.

A los efectos previstos en el artículo 19 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, los denunciados, en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, podrán examinar el expediente en el Servicio de Medio Ambiente Natural, sito en c/ Benito Corbal, 47-5ª planta, y presentar ante el instructor las alegaciones que se consideren convenientes.

Pontevedra, 19 de junio de 1995.

Pilar Pita Ponte

Instructora

ANEXO

-Expediente-Denunciado

-Último domicilio conocido

-Hecho denunciado-Precepto infringido-Precepto sancionador-Sanción

P-11/95Elisardo Fernández González

San Luis, 50

Pontecesures

Pescar con butrones, en el río Ulla, el día 25-1-1995.Artículo 35.5º de la Ley 7/1992, de pesca fluvial.Art. 35 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial.550.000 e inh.

para obtener

lic. pesca

durante 1 año

y 1 día.

P-16/95Serafín Otero Domínguez

Porto-Barca

Salvaterra de Miño

Pescar con cañas (3) en época de veda, en el río Caselas, el día 3-2-1995.Artículo 34.8º de la Ley 7/1992, de pesca fluvial.Art. 34 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial.50.001 e inh.

para obtener

lic. pesca

durante 1 año.

P-103/95Manuel González Álvarez

Areas-Gándara, 21

Ponteareas

Pescar lamprea a mano y con una linterna, sin licencia de pesca, en tramo acotado. En el río Tea el día 1-4-1995.Artículo 34.1.9.10.11 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial.Art. 34 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial.55.000 e inh.

para obtener

lic. pesca

durante

1 año.

P-129/95Óscar Oterino Araújo

Maestro Chané, 4-1º

Vigo

Navegar con piragua en tramo acotado en el río Tea el día 9-4-1995.Artículo 33.8º de la Ley 7/1992, de pesca fluvial.Art. 33 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial.10.000

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