Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 19 Miércoles, 29 de enero de 2020 Pág. 5571

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura y Turismo

RESOLUCIÓN de 17 de enero de 2020, de la Secretaría General de Política Lingüística, por la que se anuncia, con carácter voluntario y gratuito, la convocatoria de cursos de lengua gallega preparatorios de las pruebas para obtener los certificados de lengua gallega Celga 1, Celga 2, Celga 3 y Celga 4 (código de procedimiento PL600A).

La Ley 3/1983, de 15 de junio, de normalización lingüística, de acuerdo con lo que establecen la Constitución española y el Estatuto de autonomía de Galicia, dispone que el gallego es lengua oficial en Galicia. En consonancia con esto, le reconoce a la ciudadanía el derecho de conocerlo y de usarlo, pero no estaría garantizado ese derecho si la ciudadanía no tuviese la posibilidad de aumentar (o iniciar, en su caso) el conocimiento y el dominio de la lengua propia de Galicia.

El Plan general de normalización de la lengua gallega, aprobado por unanimidad en el Parlamento de Galicia el día 21 de septiembre de 2004, contiene, entre otras, varias medidas dirigidas a las personas adultas y al resto de la sociedad, encaminadas a renovar la política lingüística con respecto al uso del gallego, adecuándola a los tiempos actuales, con el fin de equilibrar una situación social de desigualdad entre el castellano y el gallego, lo que exige medidas favorables a este último para alcanzar ese equilibrio.

El Decreto 163/2018, de 13 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Cultura y Turismo, le atribuye a esta las competencias y funciones en materia de promoción y enseñanza de la lengua gallega, así como la dirección, planificación, coordinación y ejecución de la política lingüística de la Xunta de Galicia. Dentro de la estructura de la consellería, conforme a lo dispuesto en dicho decreto, es la Secretaría General de Política Lingüística el órgano encargado de ejecutar aquellas acciones necesarias para desarrollar las competencias sobre política lingüística atribuidas a la consellería y, más concretamente, se le atribuye la función de coordinación y gestión de las actividades de formación y promoción de la lengua gallega, así como la autorización y homologación de cursos, seminarios, encuentros y congresos de formación de lengua gallega y/o de lenguajes específicos, y la gestión de las certificaciones de aptitud del alumnado, cuando proceda.

Por todo ello,

RESUELVO:

Primero. Objeto

Convocar, con carácter gratuito, cursos de lengua gallega preparatorios de las pruebas para obtener los certificados de lengua gallega (Celga), niveles 1, 2, 3 y 4, con el código de procedimiento administrativo PL600A.

Los cursos que se convocan en la modalidad presencial se relacionan en el anexo II (niveles Celga 2, 3 y 4) y los que se convocan en la modalidad de teleformación se relacionan en el anexo III (niveles Celga 1, 2, 3 y 4).

Segundo. Personas destinatarias

1. Los cursos preparatorios para los certificados de lengua gallega (Celga) podrán ser solicitados por todas las personas mayores de dieciséis años o por aquellas que los cumplan en el año natural de la convocatoria, que deseen mejorar su conocimiento y dominio del gallego y preparar las pruebas que la Secretaría General de Política Lingüística convoca periódicamente para certificar la competencia en esta lengua.

2. En el caso de los cursos de teleformación, las personas solicitantes deberán disponer de un equipo informático que cumpla, como mínimo, los siguientes requisitos técnicos:

– Un ordenador con conexión a internet.

– La cuenta de correo electrónico especificada en la solicitud.

En el curso Celga 1 de teleformación, deberán disponer además de:

– Cualquier navegador web con el plugin de Flash.

En los cursos Celga 2, Celga 3 y Celga 4 de teleformación, deberán disponer además de:

– Un micrófono o cualquier medio alternativo que permita la grabación de voz.

3. Para solicitar un curso Celga 2, Celga 3 o Celga 4 de teleformación será requisito indispensable lo siguiente:

a) Si se solicita un curso destinado a la población que reside en Galicia, la persona deberá estar empadronada en alguno de los ayuntamientos de la provincia gallega correspondiente.

b) Si se solicita un curso destinado al resto de la población, la persona deberá estar empadronada fuera de Galicia.

Tercero. Solicitudes y plazo

1. Para conseguir el rendimiento adecuado y el aprovechamiento del curso hay que procurar la homogeneidad de los conocimientos del alumnado. Por lo tanto, a la hora de formular la solicitud de un curso de un determinado nivel Celga, se deberá tener en cuenta la definición de contenidos previstos en la Orden de 16 de julio de 2007 por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (Celga), publicada en el Diario Oficial de Galicia núm. 146, de 30 de julio de 2007 (corrección de errores en el DOG núm. 178, de 13 de septiembre).

2. En el caso de los cursos presenciales:

Las personas que deseen participar en estos cursos deberán cubrir el formulario de solicitud, según el modelo PL600A, que se publica como anexo I, y dirigirlo a la jefatura territorial de la Consellería de Cultura y Turismo de la provincia que corresponda. Los formularios de solicitud estarán disponibles en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, en la dirección https://sede.xunta.gal.

En caso de que una persona precise apoyo para realizar el curso presencial debido a una discapacidad, indicará en su solicitud el apoyo concreto que necesita, cuya concesión será valorada por la Secretaría General de Política Lingüística.

Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal.

Opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/tramites-e-servizos/chave365).

3. En el caso de los cursos de teleformación:

Las personas que deseen participar en estos cursos deberán cubrir el formulario de solicitud, según el modelo PL600A, que se publica como anexo I, y dirigirlo a la Secretaría General de Política Lingüística. Los formularios de solicitud estarán disponibles en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, en la dirección https://sede.xunta.gal.

En aplicación de lo previsto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), y del artículo 10.2 de la Ley 4/2019, de administración digital de Galicia (DOG núm. 141, de 26 de julio), las personas que deseen participar en uno de estos cursos de teleformación deben disponer de un equipo informático con los requisitos técnicos señalados en el punto 2.2, lo que implica que cuentan con la capacidad técnica para acceder y disponer de los medios electrónicos necesarios. Por lo tanto, las solicitudes de los cursos de teleformación se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia,
https://sede.xunta.gal.

Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fue realizada la subsanación.

Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/tramites-e-servizos/chave365).

4. Solo se podrá presentar una única solicitud y solicitar un único curso por persona, aunque sean de modalidades distintas. De existir más de una solicitud de la misma persona o de solicitar esta más de un curso, se anularán todas sus peticiones.

5. El plazo para presentar las solicitudes será de 15 días, que se contarán a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. Si el último día del plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

Cuarto. Documentación complementaria necesaria para la tramitación del procedimiento

1. De precisar apoyo para realizar un curso presencial a causa de una discapacidad, la persona interesada aportará, junto con su solicitud, lo siguiente:

– Copia del certificado de discapacidad emitido por una Administración distinta de la Comunidad Autónoma de Galicia, en su caso.

2. No será necesario aportar estos documentos si ya fueron presentados anteriormente. A estos efectos, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó el citado documento.

En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento, el órgano competente podrá requerirle a la persona interesada su presentación, o, en su defecto, la acreditación por otros medios de los requisitos a los que se refiere el documento, con anterioridad a la publicación del alumnado seleccionado.

3. La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.

La presentación electrónica será obligatoria para los sujetos obligados a la presentación electrónica de la solicitud. Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que fue realizada la subsanación.

Aquellas personas no obligadas a la presentación electrónica, opcionalmente, podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone del mismo.

En caso de que alguno de los documentos que se vaya a presentar de forma electrónica supere los tamaños máximos establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Quinto. Comprobación de datos

1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:

a) DNI o NIE de la persona solicitante.

b) Certificado de empadronamiento de la persona residente en Galicia que solicita un curso Celga 2, Celga 3 o Celga 4 de teleformación.

Cuando se solicite un curso presencial, se consultarán además los siguientes datos cuando la persona interesada haga constar en la solicitud que le es de aplicación la circunstancia que acredita el documento correspondiente:

– Certificado de discapacidad emitido por la Comunidad Autónoma de Galicia.

2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla habilitada en el modelo de solicitud y aportar los documentos correspondientes.

3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se les podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

Sexto. Publicación del alumnado seleccionado

1. La Secretaría General de Política Lingüística publicará en su página web
(http://www.lingua.gal) una relación de las personas seleccionadas para participar en cada curso, así como un número adecuado de reservas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El plazo de presentación de alegaciones será de cinco días naturales desde su publicación. Se entenderá que las personas que no figuren en la relación es porque ocupan un puesto más alejado en el listado de espera o bien porque fueron excluidas por incumplir los requisitos establecidos o aportar las solicitudes fuera de plazo.

2. Transcurrido el plazo de alegaciones, la Secretaría General de Política Lingüística publicará en su página web (http://www.lingua.gal) el listado definitivo de personas admitidas en los cursos.

Séptimo. Asignación de las plazas

Todos los cursos tendrán un número mínimo de 15 participantes y un número máximo de 30, excepto los cursos del Celga 1, que tendrán un número máximo de 50 participantes.

La Secretaría General de Política Lingüística podrá autorizar expresamente la realización de cursos que no alcancen el número mínimo de participantes. Asimismo, podrá realizar más de una edición del curso o cursos que tengan una demanda muy superior al número máximo de participantes.

Si un curso tiene más solicitantes que plazas disponibles, la asignación se hará por orden de entrada de las solicitudes. En caso de que entren varias al mismo tiempo, se utilizará el criterio del orden alfabético.

Si un curso de teleformación tiene menos de 30 solicitantes y otros cursos del mismo nivel tienen más de 30, se llevará a cabo una redistribución de las personas solicitantes según el orden de entrada. En caso de que entren varias al mismo tiempo, se utilizará el criterio del orden alfabético.

Octavo. Asistencia

1. En los cursos presenciales, el profesorado llevará un control de la asistencia del alumnado. Si durante los dos primeros días del curso las personas inscritas se dan de baja o no asisten, esas plazas se las deberán ofrecer, por orden, a las personas solicitantes que figuren en la lista de espera hasta completar, a ser posible, el número máximo de plazas ofertadas. A estos efectos, el tercer día del curso, el profesorado le deberá remitir al gabinete provincial de normalización lingüística el listado definitivo de asistentes a través de un correo electrónico.

En caso de que alguna de las personas asistentes altere el normal desarrollo del curso, la Secretaría General de Política Lingüística, tras recibir el informe correspondiente del profesorado y darle audiencia a la persona interesada, podrá proceder a su expulsión.

2. En los cursos de teleformación, las personas inscritas serán dadas de baja si durante los tres primeros días del curso no acceden a la plataforma o si durante la primera semana no realizan todas las tareas de la primera unidad didáctica.

Noveno. Duración

Con carácter general, cada curso tendrá una duración de 70 horas lectivas. En los cursos presenciales, estas se distribuirán en sesiones de dos horas y media, excepto las excepciones reflejadas en el anexo II (programación de cursos Celga presenciales). En el caso de concurrir una festividad local, se recuperarán las horas a lo largo del curso.

Décimo. Contenido

Los cursos se ajustarán a los objetivos, al programa y al contenido curricular establecidos para cada uno de los niveles señalados en la Orden de 16 de julio de 2007 por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (Celga).

Todas las actividades que se realicen en estos cursos se harán en gallego y se atendrán, en lo referente a la normativa y al uso correcto del idioma, a lo establecido por la Real Academia Gallega en la sesión plenaria de 12 de julio de 2003, de conformidad con la disposición adicional de la Ley 3/1983, de 15 de junio, de normalización lingüística. Del mismo modo, se cuidará especialmente el respeto riguroso de la toponimia oficial, en los términos previstos en el artículo 10 de la citada ley.

La realización del curso no dará derecho a ningún tipo de certificación, por tratarse de un curso preparatorio para las pruebas conducentes a la obtención de los certificados de lengua gallega (Celga), cuya expedición le compete a la Secretaría General de Política Lingüística.

Decimoprimero. Notificaciones

1. Las notificaciones de resoluciones y actos administrativos se practicarán preferentemente por medios electrónicos y, en todo caso, cuando las personas interesadas resulten obligadas a recibirlas por esta vía. Las personas interesadas que no estén obligadas a recibir notificaciones electrónicas podrán decidir y comunicar en cualquier momento que las notificaciones sucesivas se practiquen o dejen de practicar por medios electrónicos.

2. Las notificaciones electrónicas se realizarán mediante el Sistema de notificación electrónica de Galicia-Notifica.gal, disponible a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal). Este sistema les remitirá a las personas interesadas avisos de la puesta a disposición de las notificaciones en la cuenta de correo electrónico y/o teléfono móvil que consten en la solicitud. Estos avisos no tendrán, en ningún caso, efectos de notificación practicada y su falta no impedirá que la notificación sea considerada plenamente válida.

3. La persona interesada deberá manifestar expresamente la modalidad escogida para la notificación (electrónica o en papel). En el caso de personas interesadas obligadas a recibir notificaciones solo por medios electrónicos deberán optar en todo caso por la notificación por medios electrónicos, sin que sea válida ni produzca efectos en el procedimiento una opción diferente.

4. Las notificaciones por medios electrónicos se entenderán practicadas en el momento en que se produzca el acceso a su contenido. Cuando la notificación por medios electrónicos sea de carácter obligatorio, o fuese expresamente elegida por la persona interesada, se entenderá rechazada cuando hubiesen transcurrido diez días naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido.

5. Si el envío de la notificación electrónica no es posible por problemas técnicos, la Administración general y del sector público autonómico practicará la notificación por los medios previstos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Decimosegundo. Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes

La sede electrónica de la Xunta de Galicia les permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos, con posterioridad al inicio del expediente, accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada. Cuando las personas interesadas no resulten obligadas a la presentación electrónica de las solicitudes también podrán tramitarse presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Decimotercero. Recursos contra la resolución de convocatoria de los cursos

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, todas las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consellería de Cultura y Turismo en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo previsto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Decimocuarto. Información básica sobre protección de datos personales

Los datos personales recabados en este procedimiento serán tratados en su condición de responsable por la Xunta de Galicia –Consellería de Cultura y Turismo– con las finalidades de llevar a cabo la tramitación administrativa que se derive de la gestión de este procedimiento y la actualización de la información y contenidos de la Carpeta ciudadana.

El tratamiento de los datos se basa en el cumplimiento de una misión de interés público o en el ejercicio de poderes públicos, conforme a la normativa recogida en la ficha del procedimiento incluida en la Guía de procedimientos y servicios, en el propio formulario anexo y en las referencias recogidas en https://www.xunta.gal/informacion-xeral-proteccion-datos. Con todo, determinados tratamientos podrán fundamentarse en el consentimiento de las personas interesadas, reflejándose esta circunstancia en dicho formulario.

Los datos serán comunicados a las administraciones públicas en el ejercicio de sus competencias, cuando sea necesario para la tramitación y resolución de sus procedimientos o para que las personas interesadas puedan acceder de forma integral a la información relativa a una materia.

Con el fin de darle la publicidad exigida al procedimiento, los datos identificativos de las personas interesadas serán publicados conforme a lo descrito en la presente norma reguladora a través de los distintos medios de comunicación institucionales de los que dispone la Xunta de Galicia como diarios oficiales, páginas web o tablones de anuncios.

Las personas interesadas podrán acceder, rectificar y suprimir sus datos, así como ejercitar otros derechos o retirar su consentimiento, a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia o presencialmente en los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común, según se explicita en la información adicional recogida en https://www.xunta.gal/proteccion-datos-persoais.

Santiago de Compostela, 17 de enero de 2020

Valentín García Gómez
Secretario general de Política Lingüística

ANEXO II

Programación de cursos Celga presenciales

Provincia de A Coruña.

Localidad

Celga 2

Celga 3

Celga 4

Coruña, A

Código: CL220201503001

Lugar: IES Fernando Wirtz Suárez

Calle Cabaleiros, 1

Fechas: del 16.3.2020 al 8.5.2020

Horario: de lunes a jueves, de 18.30 a 21.00 horas, excepto todos los martes del curso y los jueves 16, 23 y 30 de abril, que será de 18.30 a 21.30 horas

Código: CL320201503001

Lugar: IES Salvador de Madariaga

Paseo de Ronda, 49

Fechas: del 16.3.2020 al 8.5.2020

Horario: de lunes a jueves, de 18.30 a 21.00 horas, excepto todos los martes del curso y los jueves 16, 23 y 30 de abril, que será de 18.30 a 21.30 horas

Código: CL420201503001

Lugar: IES Fernando Wirtz Suárez

Calle Cabaleiros, 1

Fechas: del 16.3.2020 al 8.5.2020

Horario: de lunes a jueves, de 18.30 a 21.00 horas, excepto todos los martes del curso y los jueves 16, 23 y 30 de abril, que será de 18.30 a 21.30 horas

Ferrol

Código: CL420201503601

Lugar: IES Concepción Arenal

Calle Cuntis, s/n

Fechas: del 16.3.2020 al 8.5.2020

Horario: de lunes a jueves, de 18.30 a 21.00 horas, excepto todos los martes del curso y los jueves 16, 23 y 30 de abril, que será de 18.30 a 21.30 horas

Santiago de Compostela

Código: CL320201507801

Lugar: IES Arcebispo Xelmírez I

Calle Poza de Bar, s/n

Fechas: del 16.3.2020 al 8.5.2020

Horario: de lunes a jueves, de 18.30 a 21.00 horas, excepto todos los martes del curso y los jueves 16, 23 y 30 de abril, que será de 18.30 a 21.30 horas

Código: CL420201507801

Lugar: IES Arcebispo Xelmírez I

Calle Poza de Bar, s/n

Fechas: del 16.3.2020 al 8.5.2020

Horario: de lunes a jueves, de 18.30 a 21.00 horas, excepto todos los martes del curso y los jueves 16, 23 y 30 de abril, que será de 18.30 a 21.30 horas

Provincia de Lugo.

Localidad

Celga 2

Celga 3

Celga 4

Lugo

Código: CL220202702801

Lugar: IES Lucus Augusti

Avenida Rodríguez Mourelo, s/n

Fechas: del 16.3.2020 al 8.5.2020

Horario: de lunes a jueves, de 18.30 a 21.00 horas, excepto todos los martes del curso y los jueves 16, 23 y 30 de abril, que será de 18.30 a 21.30 horas

Provincia de Pontevedra.

Localidad

Celga 2

Celga 3

Celga 4

Pontevedra

Código: CL220203603801

Lugar: IES Frei Martín Sarmiento

Avenida de Vigo, 23

Fechas: del 16.3.2020 al 8.5.2020

Horario: de lunes a jueves, de 19.00 a 22.00 horas, excepto todos los martes del curso y los jueves 16, 23 y 30 de abril, que será de 18.30 a 22.00 horas

Código: CL420203603801

Lugar: IES Frei Martín Sarmiento

Avenida de Vigo, 23

Fechas: del 16.3.2020 al 8.5.2020

Horario: de lunes a jueves, de 19.00 a 22.00 horas, excepto todos los martes del curso y los jueves 16, 23 y 30 de abril, que será de 18.30 a 22.00 horas

Vigo

Código: CL320203605701

Lugar: IES Ricardo Mella

Carretera Vieja de Madrid, 177

Fechas: del 16.3.2020 al 8.5.2020

Horario: de lunes a jueves, de 18.30 a 21.00 horas, excepto todos los martes del curso y los jueves 16, 23 y 30 de abril, que será de 18.30 a 21.30 horas

Código: CL420203605701

Lugar: IES Ricardo Mella

Carretera Vieja de Madrid, 177

Fechas: del 16.3.2020 al 8.5.2020

Horario: de lunes a jueves, de 18.30 a 21.00 horas, excepto todos los martes del curso y los jueves 16, 23 y 30 de abril, que será de 18.30 a 21.30 horas

ANEXO III

Programación de cursos Celga de teleformación

Cursos Celga 1.

Código

Fechas

CL12020SA-1

Del 16.3.2020 al 8.5.2020

CL12020SA-2

Del 16.3.2020 al 8.5.2020

CL12020SA-3

Del 16.3.2020 al 8.5.2020

Cursos Celga 2.

Ámbito geográfico

Código

Fechas

Provincia de A Coruña

CL22020CO-1

Del 16.3.2020 al 8.5.2020

Provincia de Lugo

CL22020LU-1

Del 16.3.2020 al 8.5.2020

Provincia de Ourense

CL22020OU-1

Del 16.3.2020 al 8.5.2020

Provincia de Pontevedra

CL22020PO-1

Del 16.3.2020 al 8.5.2020

Resto

CL22020EX-1

Del 16.3.2020 al 8.5.2020

Cursos Celga 3.

Ámbito geográfico

Código

Fechas

Provincia de A Coruña

CL32020CO-1

Del 16.3.2020 al 8.5.2020

CL32020CO-2

Del 16.3.2020 al 8.5.2020

Provincia de Lugo

CL32020LU-1

Del 16.3.2020 al 8.5.2020

Provincia de Ourense

CL32020OU-1

Del 16.3.2020 al 8.5.2020

Provincia de Pontevedra

CL32020PO-1

Del 16.3.2020 al 8.5.2020

Resto

CL32020EX-1

Del 16.3.2020 al 8.5.2020

Cursos Celga 4.

Ámbito geográfico

Código

Fechas

Provincia de A Coruña

CL42020CO-1

Del 6.3.2020 al 8.5.2020

CL42020CO-2

Del 6.3.2020 al 8.5.2020

CL42020CO-3

Del 6.3.2020 al 8.5.2020

Provincia de Lugo

CL42020LU-1

Del 6.3.2020 al 8.5.2020

CL42020LU-2

Del 6.3.2020 al 8.5.2020

Provincia de Ourense

CL42020OU-1

Del 6.3.2020 al 8.5.2020

CL42020OU-2

Del 6.3.2020 al 8.5.2020

Provincia de Pontevedra

CL42020PO-1

Del 6.3.2020 al 8.5.2020

CL42020PO-2

Del 6.3.2020 al 8.5.2020

Resto

CL42020EX-1

Del 6.3.2020 al 8.5.2020

missing image file
missing image file