Advertidos errores en la citada orden, publicada en el Diario Oficial de Galicia número 97, del martes 23 de mayo de 2017, se procede a efectuar las siguientes correcciones:
En la página 24.871, artículo 10.1, letra c), donde dice: «Si la persona desempleada pertenece a una unidad familiar en la que todos sus miembros estén despedidos», debe decir: «Si la persona desempleada pertenece a una unidad familiar en la que todos sus miembros estén desempleados».
En la página 24888, en el artículo 26.3, donde dice: «En el caso de incumplimiento, salvo que se acrediten causas ajenas a la voluntad del beneficiario, respecto a la obligación establecida en el artículo 22, punto 1, letra a), de mantener la actividad empresarial durante por lo menos dos años», debe decir: «En el caso de incumplimiento, salvo que se acrediten causas ajenas a la voluntad del beneficiario, respecto a la obligación establecida en el artículo 24, punto 1, letra a), de mantener la actividad empresarial durante por lo menos dos años».