Plan de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia 2016

El objetivo general del Pladiga es reducir al mínimo posible los daños ecológicos, económicos y sociales producidos por los fuegos forestales en la Comunidad Autónoma de Galicia, dentro de los recursos disponibles.

El Pladiga 2016 (Plan de Prevención y Defensa contra los Incendios Forestales de Galicia) tiene por objeto el establecimiento de la organización y el procedimiento de actuación de los recursos y servicios cuya titularidad corresponde a la Comunidad Autónoma de Galicia, de aquellos que puedan ser asignados a este por la Administración General del Estado, así como de los que pudieran ser facilitados por otras entidades públicas o privadas para hacer frente a los incendios forestales dentro del territorio
gallego. También el de permitir, en su caso, una coordinación y actuación conjunta de los servicios y administraciones implicadas en la lucha contra el fuego, con el fin de desarrollar en su totalidad la fase de actuaciones de las situación 0 y 1 (referidas la aquellos fuegos forestales con IGP0 o IGP1, clasificados así por las dimensiones o las características de la masa forestal afectada, y aquellas propias asignadas para la situación 2 en el Peifoga).

Son funciones básicas del plan:

    Prever la estructura organizativa y los procedimientos para la prevención, detección, extinción e investigación de incendios forestales según las épocas de peligro.
    Establecer con carácter general las épocas de peligro, relacionadas con el riesgo de incendios forestales, en función de las previsiones generales y de los diferentes parámetros locales que definen el riesgo.
    Reducir al máximo posible, teniendo en consideración los recursos disponibles, las consecuencias ecológicas, económicas y sociales producidas por los incendios forestales.
    Establecer los objetivos y las actuaciones a desarrollar en el año 2014 para hacer frente a los incendios forestales.

La elaboración del Plan de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia (Pladiga) obedece a lo dispuesto en la Ley 3/2007, del 9 de abril de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia modificada por la Ley 7/2012, del 28 de junio, de Montes de Galicia, a la Ley 2/1985, del 21 de enero, sobre Protección Civil, a la Ley 5/2007, del 7 de mayo, de Emergencias de Galicia, al Plan Territorial de Emergencias de Galicia (Platerga) y al Plan Especial de Protección Civil ante Emergencias por Incendios Forestales en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Fecha de actualización: 2/6/2016

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