La Xunta publica una guía informativa sobre los trámites y las dudas más habituales de las Asociaciones de la Comunidad

El documento incluye los pasos necesarios para inscribir las entidades en el Registro de Asociaciones de la Comunidad, en el que actualmente están dados de alta más de 40.000 colectivos

Santiago de Compostela, 13 de julio de 2023

La Xunta viene de publicar una guía informativa sobre los pasos necesarios para inscribir una asociación en el Registro de Asociaciones de la Comunidad. La solicitud de inscripción en este registro es uno de los cinco bloques de este documento, que ya está disponible en el apartado de asociaciones de la Xunta y también en la sede electrónica (https://sede.xunta.gal/). Los otros cuatro puntos hacen referencia al régimen jurídico de las asociaciones, publicidad del Registro mediante la obtención de copias y certificados, tasas, declaración de utilidad pública de las asociaciones y contacto.

La guía pretende simplificar la tramitación para realizar las inscripciones, incluyendo las dudas más habituales de las entidades asociativas. De este modo, buscara reducir el número de consultas y requerimientos que afectan a la agilidad en la resolución de determinados procedimientos. Por eso, el documento también podrá descargarse en el enlace que se incluirá en los requerimientos y en la contestación de los correos electrónicos de consulta.

Hace falta recordar que pueden darse de alta en el Registro de Asociaciones de la Comunidad, asociaciones, federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones con ámbito de actuación comprendido dentro de la comunidad. Se trata de entidades que desarrollan principalmente sus actividades en este ámbito territorial, y siempre que no tengan fin de lucro ni estén sometidas a un régimen asociativo específico. Actualmente en este registro ya figuran 40.000 asociaciones y se está produciendo un aumento en estos trámites debido al incremento del tercero sector, en especial del movimiento asociativo.

No se pueden inscribir en este registro los partidos políticos, sindicatos y organización empresariales, iglesias, confesiones y comunidades religiosas, federaciones deportivas, asociaciones de consumidores y usuarios y cualquier otras reguladas por leyes especiales.

Las asociaciones que soliciten su inscripción en los registros de la comunidad, deberán establecer nos sus estatutos un domicilio en Galicia determinado por el ámbito territorial de actuación. La inscripción se formaliza en el Registro central o provincial, en función del ámbito territorial que conste en los estatutos de la asociación.

Fecha de actualización: 13/07/2023